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La ambulancia llegó tarde y sin médico

El Tribunal Superior de Madrid condena a la Comunidad a indemnizar con 30.000 euros a la familia de un hombre que murió camino del hospital

Elena G. Sevillano

La ambulancia llegó más de una hora tarde. Y cuando lo hizo, resultó que no era una UVI móvil. En ella no viajaba personal sanitario entrenado para reanimar a un paciente. Así que cuando G. V., un hombre de 73 años que estaba sufriendo un infarto, salió por fin hacia el hospital y se le paró el corazón a medio camino, nadie pudo atenderle. Su esposa lo vio morir sentada a su lado en la parte trasera del vehículo. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado al Summa 112, el servicio de urgencia médica de la Comunidad de Madrid, a indemnizar a la familia con 30.000 euros en concepto de daño moral. Considera probado el "funcionamiento anormal por retraso excesivo del Summa 112".

El vehículo de emergencias tardó más de una hora en aparecer

Esa hora (66 minutos exactamente) que medió entre la primera llamada de la esposa de G. V. y la llegada de la ambulancia debió de ser angustiosa, a juzgar por la detallada sucesión de los hechos que recoge la sentencia. El hombre empezó a encontrarse mal estando en su casa. A las 15.24 su mujer llama al 061 y pide asistencia médica. El hombre tiene dificultad respiratoria, mareo, debilidad generalizada y sudoración fría. Le contestan que debe llamar a su centro de salud y que no le pueden enviar un médico hasta las nueve de la noche, que son los que se encargan de los avisos domiciliarios. La mujer insiste en que está "malísimo" y le contestan que envían una ambulancia urgente.

Llama al centro de salud varias veces. Siempre comunica. A las 15.36 insiste en el 061. Les dice que su marido sigue sudando mucho y "le duelen los brazos". Le contestan que la ambulancia tardará al menos una hora. Entonces envía a un nieto corriendo al centro de salud más cercano, el de Fátima, en Carabanchel. Una médica, M. L., y una enfermera cierran la consulta y le acompañan de vuelta a casa del abuelo. A las 16.13, es la propia médica la que, en vista de la gravedad del hombre, llama al 061. Dice que "padece algo isquémico, dolor anginoso, bradicardia, hipotenso y sudoroso". Le dicen que la ambulancia está llegando.

Y llega, pero a las 16.30. Dos operarios descargan una silla de ruedas. La doctora recomienda que lo lleven al 12 de Octubre y no al Clínico, el que le corresponde, porque el primero está más cerca y hay que hacer un control electrocardiográfico lo antes posible. Las sanitarias presencian cómo los operarios bajan al hombre en la silla y lo meten en la ambulancia y vuelven al centro de salud. Diez minutos después aparece el nieto diciendo que la ambulancia aún no se ha movido del sitio. Finalmente, a las cinco de la tarde, el paciente llega al hospital en parada cardiorrespiratoria. Intentan reanimarle durante 45 minutos, pero ya ha fallecido.

El informe pericial asegura que "el lapso de tiempo transcurrido (...) fue excesivo y actuó en detrimento de las posibilidades de recuperación del paciente". Como la parada cardiorrespiratoria ocurrió durante el traslado, el perito añade que "sus posibilidades hubieran sido mayores si los medios empleados hubieran incluido una UVI móvil con personal entrenado en reanimación cardiopulmonar". El abogado de la acusación, Álvaro Sardinero, de la Asociación El Defensor del Paciente, aseguró ayer que la familia no ha recurrido pese a lo exiguo de la indemnización porque "lo único que querían era un reconocimiento de los hechos".

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Sobre la firma

Elena G. Sevillano
Es corresponsal de EL PAÍS en Alemania. Antes se ocupó de la información judicial y económica y formó parte del equipo de Investigación. Como especialista en sanidad, siguió la crisis del coronavirus y coescribió el libro Estado de Alarma (Península, 2020). Es licenciada en Traducción y en Periodismo por la UPF y máster de Periodismo UAM/El País.

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