Varapalo del Supremo al Ayuntamiento por la manzana Sandoz
De "urbanismo a la carta" califica una sentencia del Tribunal Superior de Cataluña el planeamiento que impulsó el Ayuntamiento de Barcelona para dar cobertura a la construcción de los bloques de pisos de la llamada manzana Sandoz, en Sarrià. El fallo anula una modificación del Plan General Metropolitano que impulsó el Consistorio en 2004 para legalizar el exceso de edificabilidad que había permitido en 1998 tras la venta del solar que ocupó la Sandoz. El grupo inmobiliario Indret Vertical- que estuvo representado legalmente por el ex concejal socialista Jordi Parpal- construyó 28.000 metros cuadrados, frente a los 18.000 que posibilitaban las normas.
El resultado fueron tres bloques con una volumetría que excede sobradamente la del resto de la zona. Los vecinos demandaron el derribo de 32 viviendas. El Tribunal Superior les dio la razón en 2004 y declaró nulas las licencias de obras, pero no ordenó el derribo. Después de ese fallo, el Ayuntamiento optó por crear una calificación urbanística impulsando una modificación del Plan General Metropolitano. Lo hizo para "favorecer los intereses particulares del promotor y de los propietarios, sin que exista una necesidad objetiva y racional", según argumenta el Tribunal Superior en la sentencia que declara nula aquella modificación pero no dispone ninguna medida concreta.
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