_
_
_
_

La interpretación del Tribunal permitiría salvar 25 artículos

María Emilia Casas, ponente de la nueva propuesta de sentencia del Tribunal Constitucional, ya votó a favor de un texto donde se avalaba la adecuación de 25 artículos a la Ley Fundamental siempre y cuando fueran interpretados de una manera determinada.

- Derechos lingüísticos de los consumidores. El deber de disponibilidad lingüística en las entidades, empresas y comercios a la que se refiere el artículo 34 "no permite la imposición de obligaciones individuales de uso cualquiera de las lenguas oficiales".

- Fomento y difusión del catalán. El deber de utilizar el catalán en las Administraciones públicas de Cataluña recogida el artículo 50.5 no supone la prohibición de emplear el castellano por las entidades públicas y privadas y el personal a su servicio en las relaciones internas y externas, sin que esa utilización normal del castellano pueda estar condicionada por formalidad alguna.

Más información
La nueva propuesta de sentencia prevé recortes moderados del Estatuto catalán
La presidenta del Constitucional convoca pleno sobre el Estatuto catalán para el día 10

- Bilateralidad. La Comisión Bilateral, como órgano para la participación y colaboración de la Generalitat de Cataluña en el ejercicio de las competencias estatales, no impide ni altera el libre ejercicio por el Estado de sus competencias, ni tampoco menoscaba las decisiones que hayan de tomarse en los órganos multilaterales de cooperación.

- Financiación. "El Estado", según establece el Estatuto catalán, "garantizará que la aplicación de los mecanismos de nivelación no altere en ningún caso la posición de Cataluña en la ordenación de rentas per cápita entre las comunidades autónomas antes de la nivelación". El Tribunal Constitucional, según el texto de sentencia que apoya Casas, interpreta lo siguiente: la garantía del Estado solo operará cuando la alteración de la posición de Cataluña se deba exclusivamente a los mecanismos de nivelación.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

- Inversiones estatales. La disposición adicional tercera, apartado 1, fija el porcentaje estatal para invertir en Cataluña. "La inversión del Estado en infraestructuras, excluido el Fondo de Compensación Interterritorial, se equiparará a la participación relativa del PIB de Cataluña con relación al PIB del Estado para un periodo de siete años". La interpretación que apoya Casas pasa porque este apartado del Estatuto no vincula al Estado en la definición de su política de inversiones, ni menoscaba la libertad de las Cortes en el ámbito de su competencia.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_