Las multas por servicios sexuales revertirán en las prostitutas
Bilbao veta el ofrecimiento y la demanda de sexo en la calle
El equipo de gobierno del Ayuntamiento de Bilbao ha dado luz verde a una nueva ordenanza del Espacio Público que reúne en un sólo texto de 134 artículos diversos aspectos normativos relacionados con el uso de la vía pública, hasta ahora dispersos en distintos apartados reguladores. La norma "supera el vacío legal" existente hasta el momento en tres actividades diferenciadas. De un lado, se pronuncia sobre las los actos de ofrecimiento y de demanda de servicios sexuales que tengan por objeto concertar servicios sexuales retribuidos, incluyendo la negociación y realización de los mismos en un espacio público. Estas prácticas quedan prohibidas, pero ello no implica el veto expreso a que las prostitutas sigan estando en la calle ni que los servicios no puedan ser prestados en pisos o locales. Fuentes municipales señalaron que el foco principal va a ponerse en los clientes y no tanto en las prostitutas. Y es que la portavoz de EB en el consistorio, Julia Madrazo, recalcó ayer que la regulación de la prostitución es tarea del Gobierno central, que no debe pasar esa "patata caliente a los Ayuntamientos".
Las prácticas sexuales en la vía pública se prohíben a toda la población
Los músicos callejeros deberán cambiar de sitio cada 45 minutos
La ordenanza también se refiere a las "prácticas sexuales incívicas", que quedan prohibidas. Este concepto incluye los actos en los que el sexo sea explícito y sea "pública y notoria su realización, de forma que resulte imposible no advertirlo o evitarlo por parte de la generalidad de la ciudadanía". Este punto no se refiere sólo a los servicios sexuales retribuidos, sino también a los que pudieran practicar las parejas en la calle o en un coche.
Las sanciones por incumplir alguna de estas normas serán por regla general leves (multas de hasta 750 euros). Ahora bien, si los hechos tienen lugar en lugares donde sea frecuente la afluencia de menores, existan centros escolares cerca o bien la actividad implique un deterioro del mobiliario urbano se considerarán graves y las multas podrían alcanzar hasta 1.500 euros.
Con el fin de demostrar que esta ordenanza no persigue un "afán recaudatorio", el director de la Oficina de Uso Público, Tomas del Hierro, señaló que el importe de las sanciones que se impongan en materia de ofrecimiento y demanda de servicios sexuales irá destinado a la financiación de programas municipales o a la subvención de entidades que tengan por objeto la ayuda o colaboración con el colectivo de personas que ejercen la prostitución en la calle. Además, la recaudación de las multas que se impongan por la práctica del botellón, que sigue prohibido, irán a parar a la financiación de programas de ocio para jóvenes.
Otra novedad incluida en la ordenanza, que entrará en vigor en el tercer trimestre de este año, es el fin de la prohibición de actuaciones artísticas y musicales en la vía pública. Así, podrán cantar o tocar algún instrumento libremente quienes no molesten el tránsito peatonal, no se ubiquen en zonas de terrazas de hostelería y no requieran de forma activa la aportación de donativos, aunque sí pueden colocar un recipiente para ello. Eso sí, no podrán permanecer más de 45 minutos seguidos en un mismo punto. Pasado ese tiempo deberán trasladarse al menos a 200 metros. También tendrán horario -de 10.00 a 15.00 y de 17.00 a 22.00-.
La nueva norma regula también el tránsito por aceras y espacios peatonales. Queda prohibido andar en bicicleta salvo que la concurrencia de personas lo permita, tanto en el caso de adultos como de menores. No se puede zigzaguear y adelantar a personas con menos de dos metros de distancia. También queda prohibido volar cometas, aviones teledirigidos, boomerangs y similares.
La ordenanza también simplifica los trámites para obtener licencias y regula la venta ambulante y la celebración de eventos.Inspectores vigilarán que se cumpla.
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