Dos años de cárcel por invadir las pistas de El Prat
La sentencia condena a 23 trabajadores de Iberia por los graves sucesos de julio de 2006 y absuelve a dos sindicalistas
El 28 de julio de 2006, en plena temporada turística, decenas de trabajadores de tierra de Iberia invadieron las pistas del aeropuerto de El Prat. Las repercusiones de la protesta, que obligó a interrumpir el tráfico aéreo durante varias horas, fueron "gravísimas", según la sentencia de la Audiencia de Barcelona que ha condenado a 23 de los 27 imputados a dos años de cárcel por un delito de desórdenes públicos. Cuatro operarios han quedado absueltos; entre ellos, dos responsables de UGT que lideraron la protesta.
La huelga se inició por la decisión de AENA de conceder el servicio de handling (asistencia en tierra) a una empresa distinta de Iberia. A pesar de que el acuerdo suscrito en 2005 garantizaba la subrogación de puestos de trabajo y condiciones laborales, a las 6.30 los trabajadores dejaron de recoger maletas y de llevar equipaje a los aviones. En pocos minutos, el colapso se apoderó del aeropuerto barcelonés y algunos pasajeros estuvieron hasta cuatro horas encerrados en los aviones.
El plante fue adquiriendo tintes cada vez más agresivos. Un avión tuvo que esquivar un vehículo colocado por los trabajadores y otro colisionó con una jardinera. El director ordenó paralizar las operaciones antes de que los trabajadores accedieran a las pistas y se cancelaron todos los vuelos con destino a El Prat. Hubo 100.000 pasajeros y 600 vuelos afectados en mayor o menor medida. Entre las 10.00 y las 18.00, y a pesar de las advertencias de un capitán de la Guardia Civil, las pistas permanecieron tomadas por los trabajadores, la mayoría afiliados de UGT y CC OO. La protesta acabó con una carga policial y nueve detenidos.
En la sentencia, notificada ayer, la sección número 21 de la Audiencia de Barcelona considera que los trabajadores "sabían perfectamente que está prohibido" el acceso a las pistas y les condena por desórdenes públicos. Al ser la pena de dos años de cárcel, los operarios -que carecen de antecedentes penales, según los sindicatos- no deberán ingresar en prisión. La sentencia se basa en el abundante material gráfico de la protesta y en las declaraciones de los testigos. El tribunal apostilla que la vía ilícita no es la única forma de hacer visible una reivindicación.
A los dos presuntos cabecillas, José Luis Gallardo y Omar Minguillón -para los que el fiscal pedía cuatro años de cárcel- no se les puede atribuir "el liderazgo de todas las aciones de reivindicación colectiva llevadas a cabo por los trabajadores", según la sentencia que absuelve a estos dos dirigentes sindicales. Gallardo trató de impedir el acceso a las pistas (pero fue empujado y derribado) y no se ha podido probar que Minguillón incitara a los trabajadores a la invasión.
Los sindicatos recibieron ayer con amargura la sentencia, que consideraron "injusta", y anunciaron que la recurrirán ante el Tribunal Supremo.
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