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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Brumas sobre Gürtel

La nulidad de las escuchas no puede derivar en la impunidad de la trama corrupta

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decidido, aunque todavía no ha entrado en la fase de redacción, la resolución por la que declara nulas, por dos votos frente a uno, todas las escuchas ordenadas por el magistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón a abogados de la trama Gürtel sospechosos de actuar como cómplices de sus clientes mientras los visitaban en la cárcel como defensores. Esta decisión corrige la que el mismo tribunal había votado la víspera y que hacía una excepción con una de las escuchas: la que recoge una conversación entre Pablo Crespo, número dos de la trama, con su abogado, imputado también en la causa. En la conversación, Crespo, ex secretario de Organización del PP gallego, admite la financiación irregular de ese partido en el ejercicio de 1999.

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Mientras no se conozcan los argumentos de la resolución es difícil medir su alcance. Parece claro que los dos jueces que conforman la mayoría decisoria aceptan en esta causa la excepcionalidad de que alguno de los abogados está imputado. Pero seguramente también han querido evitar la tesis de que la intervención de las comunicaciones entre abogado y cliente pueden extenderse ante cualquier indicio de delito, y no sólo a casos de terrorismo.

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Más allá de los efectos procesales, lo determinante es en qué afectará la nulidad de las escuchas al sumario entero. Es fácil aventurar que la estrategia defensiva del casi centenar de imputados, y tras ellos el PP, será procurar que la nulidad se extienda al conjunto de las pruebas para que, si fuera posible, quede impune uno de los mayores casos de corrupción política de los últimos tiempos.

La nulidad de las escuchas implica que han sido expulsadas del sumario y que deben ser tenidas como no existentes. Pero en el sumario hay cientos de pruebas recabadas antes de las grabaciones anuladas, y también después, totalmente independientes de éstas. Suficientes, en cualquier caso, para asegurar que el mayor escándalo de corrupción política en muchos años no quede impune, algo que la sociedad española no podría entender.

Tampoco las cautelas procesales pueden borrar la realidad. Hace 20 años la anulación del caso Naseiro no pudo impedir que se escuchara decir a un tal Zaplana, del PP alicantino, que tenía que "ganar mucho dinero" porque le hacía falta "mucho dinero para vivir". Y no es anecdótico tampoco que la nulidad de las escuchas haya sido un asunto controvertido y alejado de la unanimidad. Tres de los cinco jueces competentes en las distintas fases del caso las han considerado válidas, aunque se haya impuesto la opinión de los dos que han tenido la última palabra. Lo que hace más disparatado el caso es que haya derivado en una querella contra Garzón admitida a trámite por el Tribunal Supremo, con el estrambote de la personación como "ofendido" del jefe de la banda corrupta.

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