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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Legalidad de Sitel

Una cosa es reforzar las garantías de las escuchas y otra deslegitimarlas interesadamente

En Materia de derechos fundamentales, como a la intimidad y al secreto de las comunicaciones (artículo 18 de la Constitución), conviene extremar las garantías. Por ello, nada hay de extraordinario en plantear un reforzamiento de las cautelas ante la utilización de la moderna tecnología para escuchas telefónicas. Por ejemplo respecto al destino de la información no relacionada con la investigación autorizada por el juez y que esa tecnología permite almacenar. Un debate sobre esa cuestión no sólo sería normal sino prueba de madurez democrática. ¿Qué ha ocurrido entonces para que en lugar de ese debate haya habido una bronca gruesa entre el Gobierno y el primer partido de la oposición?

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El Congreso rechaza que el sistema Sitel sea inconstitucional

Ha ocurrido que el PP ha pretendido utilizar el asunto para darse la razón respecto a las acusaciones de estar siendo espiado por orden del Gobierno, lanzadas a voleo cuando más acorralado estaba por las informaciones que relacionaban a destacados miembros de su partido con la trama Gürtel. Y para ello ha empezado por decir que la utilización de la tecnología Sitel (Sistema Integrado de Interceptación de Comunicaciones) era ilegal.

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El Sitel es un sistema automatizado por ordenador que permite, bajo orden judicial, la recogida de cualquier conversación o mensaje, y, entre otros datos, la fecha hora y lugar en que se producen. Sustituye a instrumentos más rudimentarios, y su legalidad ha sido avalada por varias sentencias del Tribunal Supremo, en alguna de las cuales se dice expresamente que es más garantista que los anteriores métodos y que la escasa normativa existente, complementada con la jurisprudencia ya dictada, permiten "el eficaz control judicial necesario en una sociedad democrática".

Más concretamente, que cumple los requisitos prudenciales requeribles: que medien indicios suficientes de delito superiores a las meras sospechas, y que las personas, teléfonos y actuaciones a investigar se expliciten con precisión y se apliquen de forma proporcionada. Pero es defendible la idea de que esas condiciones se incorporen a una ley, y concretamente a la de Enjuiciamiento Criminal. Algo planteado hace tiempo no sólo para Sitel sino para cualquier procedimiento relacionado con las nuevas tecnologías.

Tal vez estaría ya en marcha si el PP hubiera buscado la cooperación en lugar de la denuncia demagógica. Recientes insinuaciones de la portavoz del Gobierno valenciano revelan además que un objetivo de esa denuncia podría ser la anulación de las pruebas obtenidas mediante escuchas de miembros del PP relacionados con la trama Gürtel.

Es una estrategia que afecta inevitablemente al crédito de las instituciones: un espionaje de ese tipo implicaría ilegalidades del Gobierno y de la policía, con la complicidad de jueces y fiscales (y operadores de telefonía). No sólo es una acusación inverosímil, sino irresponsable. De momento, abogados de mafiosos ya han invocado los argumentos del PP para intentar obtener la nulidad de su proceso.

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