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El fiscal niega que Garzón prevaricase por adoptar decisiones "discutibles"

El ministerio público rechaza la querella por la causa contra el franquismo

El juez Baltasar Garzón volvió a acaparar ayer la atención en todos los frentes que tiene abiertos en el Consejo del Poder Judicial, el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional, con los que sindicatos ultraderechistas, abogados querellantes y picapleitos tratan de conseguir su expulsión del Juzgado central 5 de la Audiencia Nacional.

En el Supremo, la Sala que admitió la querella de Manos Limpias contra Garzón por el proceso abierto por los crímenes del franquismo rechazó la personación de la Asociación Memoria Histórica del 36 de Ponteareas al no considerarla "legitimada". En cambio, la misma Sala Penal no sólo consideró legitimado al sindicato ultraderechista Manos Limpias, sino que ni siquiera le ha fijado aún la preceptiva fianza para ejercer la acción popular, lo que implica que lograr la imputación de un juez de la Audiencia Nacional y oponerse a su recurso le está saliendo hasta ahora gratis total a Manos Limpias.

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Por su parte, la fiscalía del Tribunal Supremo informó ayer a favor de que la Sala de lo Penal estime el recurso que presentó el juez Baltasar Garzón y rechace la querella Manos Limpias contra el magistrado de la Audiencia Nacional. El escrito reitera que no cabe estimar el delito de prevaricación en el proceso abierto por Garzón sobre los crímenes del franquismo y, en consecuencia, pide que se rechace la querella de Manos Limpias. El informe, que firma el fiscal de sala Luis Navajas, explica que el delito de prevaricación consiste en dictar "una resolución injusta" y hacerlo "a sabiendas" de que lo es.

La resolución es "injusta", según el fiscal, "cuando no se encuentra dentro de las opiniones que pueden ser jurídicamente defendibles", o "carece de toda interpretación razonable". Es decir, cuando expone "una clara irracionalidad" y supone "un plus respecto de la mera ilegalidad". En cuanto a la expresión "a sabiendas", implica que se tenga conciencia de estar actuando "con total apartamiento del principio de legalidad y de las interpretaciones usuales y admisibles en Derecho", señala el fiscal Navajas.

En conclusión, prosigue el fiscal, el delito de prevaricación exige "la absoluta notoriedad en la injusticia", y ese elemento falta "cuando se trata de apreciaciones que, en uno u otro grado, son discutibles en Derecho". Tampoco concurre "cuando la cuestión debatida merece opiniones contrapuestas en torno a su legalidad o no".

El fiscal subraya que las denuncias de asociaciones de víctimas del franquismo correspondieron a Garzón "mediante las oportunas normas de reparto", y a través de ellas se trató de evaluar la existencia o inexistencia de responsabilidades penales como consecuencia de hechos gravísimos, sus responsables y si estaban o no prescritos. Es decir, Garzón realizó una serie de labores de investigación, para las que, como juez central de instrucción, era "inequívocamente competente".

Pese a apoyar el recurso de Garzón, el fiscal le reprocha que en su recurso "tratase de hallar un velado respaldo a su labor instructora como órgano competente" a través de la aquiescencia que le atribuye a la Fiscalía de la Audiencia Nacional, por no haber recurrido sus primeras decisiones. "Nada más lejos de la realidad", dice el fiscal. "La Fiscalía de la Audiencia tenía desde un principio formado su criterio en torno a la falta de competencia del juzgado central 5 para instruir la causa" y reaccionó "enérgica" y "decididamente" en contra de la competencia de Garzón.

Pero dejando claro que la fiscalía no respaldó la instrucción de la causa contra los crímenes de franquismo, la postura del Ministerio Fiscal es la de interesar el archivo de las "miméticas querellas" presentadas por Manos Limpias y la entidad Libertad e Identidad.

Respecto al intento de personación de la asociación de la Memoria Histórica de Ponteareas, en el que también se recusaba al magistrado ponente de la admisión de la querella, Adolfo Prego, la Sala rechazó el escrito alegando la ausencia de poder de representación para pleitear.

Por su parte, el abogado de Garzón, Gonzalo Martínez Fresneda, ha dirigido un escrito a la Sala Penal del Supremo en el que pide que se fije fianza a Manos Limpias. El letrado cita un acuerdo del Pleno de la propia Sala Penal de 25 de mayo de 2005 que decidió que en las causas especiales contra aforados los que ejerzan la acción popular deben hacerlo como querellantes y la ley exige una fianza al particular querellante "como condición para ser parte en el proceso".

Fuentes del Poder Judicial indicaron ayer que, de todas las acciones abiertas contra Garzón, la más peligrosa para el magistrado es la devolución por la Sala de Gobierno de la Audiencia del expediente por la fuga de un narco por el error en una fecha que de calificarse de "falta muy grave" podría determinar su suspensión de funciones y la pérdida de su destino.

El juez Baltasar Garzón, ayer, camino de la Audiencia.
El juez Baltasar Garzón, ayer, camino de la Audiencia.EFE

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