Tres años de cárcel para un 'mosso' por la detención ilegal de un inocente
Tres años de cárcel por detención ilegal de un hombre que se negó a identificarse, ocho de inhabilitación, multa de 1.800 euros por otro delito de lesiones y 4.021 euros por el daño causado. Ésa es la condena que ha impuesto la Audiencia de Barcelona al mosso d'esquadra Juan Luis Ibáñez Carrilero en una sentencia que censura con dureza el comportamiento del policía y el de una compañera, Sonia Rodríguez Hernández, que ha sido absuelta. Con todo, los jueces se muestran favorables al indulto parcial.
Ocurrió la noche del 16 de febrero de 2007, cuando ambos policías acudieron de paisano a un domicilio particular de Sants y confundieron a su propietario con la persona a la que buscaban para cumplimentar una orden de busca y captura. Pese a que el afectado les dijo que no era él, acabó detenido.
El tribunal califica de "prepotente" la actuación del mosso y asegura que actuó "con plena conciencia de que no tenía razones para ello". Por eso, los jueces añaden que se trata de "un inadmisible abuso de las facultades inherentes a la condición de agente de policía". La mossa absuelta no tuvo reparos en el juicio en calificar de "chulesca" la actitud de su compañero, así como que "se extralimitó un poco". Sin embargo, el tribunal recuerda que ella podía haber hecho algo más que permanecer impasible y que de su actuación podrían derivarse responsabilidades disciplinarias o administrativas.
Por otra parte, la Audiencia de Barcelona empezó a juzgar ayer a otros cuatro mossos d'esquadra por la supuesta agresión que sufrió un detenido en la sala de cacheos de Les Corts. La víctima sostiene que no insultó ni agredió a ninguno de los policías y los agentes coincidieron en declarar que no fue así y que sólo emplearon la fuerza mínima e indispensable para reducirlo, porque estaba muy violento.
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