El Supremo reitera que la bandera española debe ondear en las sedes oficiales
El Tribunal Supremo ha ratificado su doctrina de que la bandera española debe ondear permanentemente en todos los edificios de la Administración vasca, y ha rechazado un recurso del Gobierno del anterior lehendakari, Juan José Ibarretxe, que pretendía que la enseña sólo ondease cuando lo hiciesen las autonómica o locales.
La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Luis Díez Picazo, explica que el caso ya quedó resuelto en las sentencias relativas al uso de la rojigualda en la Academia de la Ertzainzta en Arkaute y en el Parlamento. Entonces ya se dijo que la bandera española "debe ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado". La expresión "deberá ondear" implica la exigencia de que la bandera de España ondee "todos los días" como símbolo de que en los edificios del Estado se ejerce, directa o delegadamente, la soberanía.
[El Constitucional admitió ayer el recurso de amparo de Iniciativa Internacionalista-La Solidaridad entre los Pueblos, contra el auto del Supremo que anuló la proclamación de esa candidatura a las europeas del 7 de junio].
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