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Rechazado el recurso del alcalde de Vila-real que fue condenado por prevaricar

María Fabra

El Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo que presentó el ex alcalde de Vila-real Manuel Vilanova, del PP, contra la sentencia del Tribunal Supremo que le condenó, en noviembre de 2006, a un año y medio de prisión y a ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación. En cualquier caso, el PP mantendrá en el cargo al actual presidente local en Vila-real ya que, tal como señalaron tanto el presidente provincial, Carlos Fabra, como el secretario regional, Ricardo Costa, la expulsión del partido no se ejecutará hasta que la condena sea firme y Vilanova pretende agotar el recurso en el Tribunal Europeo de Estrasburgo.

En su decisión, el alto tribunal señala que, tras examinar el recurso, acuerda por unanimidad inadmitirlo, al considerar que "la pretensión que se quiere hacer valer carece manifiestamente de contenido que justifique una decisión sobre el fondo", es decir, que no se refiere a la posibilidad de que los derechos constitucionales del condenado fueran vulnerados en el procedimiento. El Tribunal Constitucional añade que si el ministerio fiscal no interpone recurso de súplica en el plazo legal de tres días, se archivarán estas actuaciones sin más trámite.

La sentencia firme del Supremo estableció que el entonces alcalde recibió un inacabable rosario de quejas que no fueron atendidas sobre los ruidos emitidos por una empresa cerámica. Además, señaló que el suceso "afectó gravemente a la convivencia de algunos vecinos y que despertó las protestas de los más directamente afectados, de asociaciones y grupos alarmados, ante el perturbador ruido emanado de la fábrica y, concretamente, de su generador", sin que el alcalde adoptara las medidas que correspondían.

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