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La ley de acompañamiento entierra el modelo de financiación universitaria

La ley de acompañamiento de los presupuestos de la Generalitat entierra definitivamente el frágil acuedo sobre el que se sustenta en la actualidad la financiación del sistema universitario público. El modelo de financiación universitaria pactado hace una década se prorrogó sin modificaciones hasta diciembre de 2007, cuando el consejero de Educación y responsable de universidades alcanzó un acuerdo verbal con los rectores, a los que prometió para 2009 una asignación equivalente a la del ejercicio anterior revisada al alza en proporción al crecimiento del PIB regional.

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La Generalitat siempre ha prometido la inminente redacción de un nuevo modelo. Como paso previo, las universidades valencianas asumieron como propia una deuda de más de 900 millones de euros derivada de las carencias de financiación de parte de la Administración autonómica. Y como colofón, la ley de acompañamiento, en fase de anteproyecto, "desestructura" definitivamente el actual marco de financiación, en palabras del gerente de una universidad pública.

El anteproyecto modifica el artículo 32 de la ley de Coordinación del Sistema Universitario Valenciano que regula "el marco plurianual de financiación de las universidades públicas". Hasta la fecha, el artículo en cuestión establecía que la financiación de las universidades "debe basarse en cuatro tipos de aportaciones". Una genérica, otra complementaria, otra vinculada a contratos-programa para cubrir necesidades docentes y, por último, otra aportación vinculada a las convocatorias públicas que estimulen la excelencia.

La nueva redacción suprime las "aportaciones" y las sustituye por "criterios". Los primeros son "básicos, objetivos y transparentes".En la nueva redacción del artículo, la segunda aportación transformada en criterio se mantiene tal cual. Pero los otros dos tipos de aportaciones vinculadas a contratos programa o convocatorias públicas vienen precedidas de un "podrán recibir dotaciones" que abre la vía a la discrecionalidad de los responsables políticos en la distribución de fondos al sistema universitario valenciano.

Un gerente destaca la "arbitrariedad" que introduce la nueva redacción del marco plurianual de financiación. Otro responsable universitario resta importancia a las modificaciones y prefiere aludir a la clave del problema, "la ausencia de un modelo". "Prefiero recibir menos financiación pero de acuerdo a un modelo objetivo que sufrir el caos actual", sentencia. Y añade: "La nueva redacción indica la escasa voluntad del Consell de alcanzar un acuerdo en torno a un nuevo modelo de financiación universitaria".

El anteproyecto de la ley de acompañamiento también modifica un punto de la ley de Consejos Sociales de las Universidades Públicas Valencianas que libera al director general del ramo de la redacción de un informe previo como respuesta a las propuestas de presupuesto que las universidades públicas deben remitir a la Consejería de Educación, una novedad que solo viene a reconocer la imposibilidad de emitir un informe solvente si no existe un modelo de financiación objetivo.

En materia de dependencia, la ley de acompañamiento reconoce expresamente un error que cometió el Consell el año pasado al regular el silencio administrativo negativo, en contra de lo que es habitual, en "los procedimientos para el reconocimiento de la situación de dependencia". El Consell reguló el silencio administrativo negativo a través de la ley de presupuestos, una incoherencia legislativa que ha sido objeto de impugnación y que está en los tribunales. El Consell ha optado por corregir ahora su error a través de la ley de acompañamiento.

También consagra el silencio administrativo negativo para las reclamaciones "en materia de régimen retributivo" para el personal al servicio de la Consejería de Sanidad. Se trata del caso del médico que considera que no le han pagado una guardia y formula una reclamación. Si transcurridos tres meses no ha recibido respuesta, puede olvidar su reclamación.

El anteproyecto introduce varias modificaciones en la ley de juego relativas a los plazos de las licencias o las condiciones que deben cumplir los responsables de salas de juego. Pero el cambio más importante en materia de juego es una rebaja de tres puntos en "la tasa que grava los juegos de suerte" que afecta a la ley que regula los impuestos cedidos. En la actualidad el 26% del precio de un cartón de bingo va destinado al pago de esa tasa. En adelante, solo se destinará a impuestos un 23%.

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- Aspectos fiscales. Las dos terceras partes de la ley de acompañamiento regulan las tasas y precios públicos que estarán vigentes el año que viene. También recogen la farragosa fórmula diseñada por el Consell para calcular la deducción que se pueden aplicar los contribuyentes que declaren menos de 25.000 euros para compensar la subida de los tipos de interés.

- Consejos sociales. La norma modifica la ley de consejos sociales de las universidades para liberar al director general del ramo de la redacción de un informe sobre la adecuación de la propuesta de presupuesto que formulan las universidades a la Generalitat.

- Sistema universitario. Las modificaciones del artículo que regula el marco plurianual de financiación de las universidades públicas entierran definitivamente cualquier pretensión de recuperar un modelo de financiación claro y objetivo.

- Dependencia. El Consell recupera el silencio administrativo negativo en los procedimientos para reconocer el grado de dependencia a través de la ley de acompañamiento y solventa así el error que cometió el año pasado al regularlo a través de la ley de presupuestos.

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