Vodafone exige a Telefónica 670 millones por trabas a la competencia
Un juzgado de Madrid tramita la denuncia por daños y perjuicios
Los pesos pesados de la telefonía móvil se verán la cara en los juzgados. Vodafone ha presentado en un juzgado de primera instancia de Madrid una demanda contra Telefónica en la que le exige 670 millones de euros como compensación por los daños y perjuicios que le causó en los primeros años de su andadura comercial con diversas prácticas para impedir que se asentara en el mercado. Se trata de la mayor demanda judicial a la que se enfrenta la multinacional española, y si los juzgados le dan la razón a Vodafone, superaría a la sanción impuesta por la Comisión Europea de 152 millones de euros por abuso de posición dominante.
Vodafone basa su demanda en una sentencia firme anterior del Tribunal Supremo, que en mayo de 2006 declaró probado que Telefónica Móviles de España llevó a cabo entre octubre de 1995 y diciembre de 1999 diversas conductas prohibidas por la Ley de Defensa de Competencia para dificultar o bloquear a Airtel (actual Vodafone España) el acceso a la red de distribución cuando comenzaba a operar.
La firma británica ha decidido ahora dar un paso más y ha interpuesto una demanda de juicio declaratorio ordinario contra Telefónica Móviles de España, en la que se pide el resarcimiento de daños y perjuicios causados por Telefónica a Vodafone por 670 millones.
En concreto, pide 529 millones por lucro cesante, estimado por las pérdidas de ingresos debida la diferencia entre el número de altas de clientes efectivamente alcanzado y el que se hubiera conseguido de no haberse producido la conducta abusiva de Telefónica. En segundo lugar, exige 141 millones de euros por daño emergente, calculado como el sobrecoste que tuvo que pagar para crear una red, informaron fuentes conocedoras del proceso.
El fallo del Supremo no especificaba ninguna cantidad como compensación, ya que se limitaba a reafirmar una sentencia anterior de 3 de febrero de 2003 de la Audiencia Nacional que confirmaba a su vez una resolución de 1999 del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC). En esa resolución se declaró acreditada la existencia de una conducta de abuso de posición, consistente en dificultar la entrada y asentamiento en el mercado de Airtel mediante la celebración de contratos con cláusulas de exclusividad y retribuciones muy superiores con los distribuidores y sus agentes. Hay que tener en cuenta la relevancia de estos distribuidores, que han concentrado tradicionalmente más del 50% de las altas del mercado de móviles. El TDC impuso a Telefónica Servicios Móviles una multa de 3,67 millones de euros (610 millones de pesetas), multa ratificada por la sentencia del Supremo.
En ese fallo del Supremo, de 30 de mayo de 2006, se constataba que la compañía sancionada "acudió a la práctica de imponerles exclusividad (a los distribuidores) u ofrecerles unas retribuciones inexplicables en términos de otra racionalidad económica que no fuera la de cerrar el mercado al competidor entrante".
El 29 mayo de 2007, Vodafone interpuso demanda de juicio declaratorio ordinario, pero estuvo casi un año en suspenso porque el juzgado de primera instancia número 26 de Madrid se declaró incompetente para conocerla. Finalmente, en abril de este año, la Audiencia Provincial de Madrid dio la razón a Vodafone, señaló la competencia del juzgado para conocer la demanda y se reactivó la tramitación de la misma.
En julio pasado, el juzgado emplazó a Telefónica a que realizara sus alegaciones, y dictará sentencia a lo largo de este año. No obstante, el proceso puede alargarse más de dos años, por los recursos a instancias judiciales superiores, por lo que no es descartable que ambas operadoras lleguen a un acuerdo de consenso y pacten una indemnización que convenga a ambas, informaron en fuentes del proceso. Hay precedentes en ese sentido. Jazztel y Telefónica acordaron en febrero de 2007 poner fin a todos sus conflictos judiciales y ante los órganos reguladores.
Vodafone argumenta en sus reivindicaciones económicas que sólo ha buscado cuantificar los efectos de exclusivas firmadas por Telefónica Móviles sobre los beneficios de Airtel, es decir, identificar la cantidad que dejaría a Airtel en una situación similar a la que se habría encontrado de haber iniciado y desarrollado su actividad en un contexto competitivo. Para ello, contrató a la consultora internacional Nera, experta en estos casos y asesora de empresas como Microsoft, que realizó un informe para cuantificar esos daños.
Un largo proceso
- 12 de enero de 1996. Airtel (antigua marca de Vodafone) denuncia ante Competencia a Telefónica Móviles y Telefónica de España por abuso de posición dominante.
- 26 de febrero de 1999. Competencia resuelve a favor de Airtel e impone una multa de 3,67 millones de euros a Telefónica Móviles y de 0,9 millones a Telefónica de España. Telefónica recurre ante la Audiencia Nacional.
- 3 de febrero de 2006. La Audiencia Nacional desestima el recurso de Telefónica, que recurre al Supremo.
- 30 de mayo de 2006. El Supremo falla a favor de Vodafone en Móviles, pero desestima el otro recurso.
- 29 de mayo de 2007. Vodafone interpone juicio por daños y perjuicios ante el juzgado de primera instancia número 26 de Madrid por 670 millones. El juzgado se declara incompetente. Vodafone recurre ante la Audiencia Provincial.
- 10 de abril de 2008. La Audiencia Provincial de Madrid da la razón a Vodafone. Se reactiva la tramitación.
- 4 de julio de 2008. El juzgado emplaza a Telefónica a que presente sus alegaciones.
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