El Tribunal Superior se desentiende del conflicto entre dos jueces del 'caso Prestige'
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha resuelto darse por enterado, sin más, de la supuesta incompatibilidad de la anterior encargada del juzgado de Corcubión, donde se instruye el enmarañado sumario por la catástrofe del Prestige. Ante las comunicaciones oficiales emitidas por la juez titular, Carmen Veiras Suárez, en las que pone bajo sospecha a su antecesora, María Jesús Souto, al insinuar que ejerció de forma simultánea la profesión de abogada con la de juez sustituta, la sala de gobierno del alto tribunal gallego acordó ayer zanjar el asunto, que puede poner en peligro parte del abultado sumario del Prestige y otras resoluciones judiciales, alegando que no aprecia "existencia de irregularidad" en la actuación de Veiras.
Pero el Tribunal Superior elude determinar si existe o no esa incompatibilidad legal -el ejercicio simultáneo de juez y abogado está prohibido- al afirmar "no poder pronunciarse sobre la actuación de María Jesús Souto" porque ya no tiene la condición de juez sustituta desde el 1 de septiembre de 2007. De esta forma, la sala de gobierno del alto tribunal decidió ayer archivar las diligencias informativas que abrió el pasado 9 de mayo, tras publicar este diario las comunicaciones oficiales de la juez titular que ponen entredicho la situación legal de su antecesora.
En autos y providencias emitidas por Veiras sobre casos que estaban pendientes de los periodos de sustitución de Souto, la juez titular especifica que su antecesora, "según comunicación solicitada y recibida del Colegido de Abogados, ejerce ininterrumpidamente" esa profesión desde 2001. Souto fue juez sustituta durante distintos periodos entre 2004 y septiembre de 2007. Es el Tribunal Superior el que nombra los jueces sustitutos, previa confirmación de que cumple todos los requisitos. Pero el alto tribunal, tras pedir y recibir sendos informes de las dos juristas, tan sólo respalda la actuación de Veiras, "que se limita a la concreta aplicación" del artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre fallos de jueces que se han jubilado o han cesado en su cargo. El juzgado de Corcubión está sometido a una inspección del Consejo del Poder Judicial.
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