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Los directores de colegios vuelven a ser elegidos según una norma suspendida

Aunque parecía que el Departamento de Educación había dado su brazo a torcer en el conflicto que le enfrenta con el Ministerio de Educación por la forma de elegir a los directores de los colegios públicos, en la realidad no ha sido así. El próximo 30 de junio expira el mandato de los equipos directivos de muchos colegios y su renovación debía acometerse según el procedimiento marcado por la Ley Orgánica de Educación (LOE). Pero no va a ser posible porque la consejería no ha reformado aún la Ley de Escuela Pública, que es la que marcaba hasta ahora cómo debe hacerse esa elección y se encuentra suspendida por el Tribunal Superior de Justicia del País Vascos.

Aunque el departamento anunció el pasado septiembre que se plegaba a la LOE, en la práctica no ha sido así y ahora argumenta "falta de tiempo" para acometer la modificación, debido a la complejidad técnica que supone. Y esto ocurre siete meses después de aceptar las sentencias judiciales que le conminan a la reforma

Así, los directores que hayan cumplido tres años se podrán marchar, pero sus sustitutos tendrán que salir de un proceso suspendido por la justicia y serán nombrados por un periodo ilimitado, ya que en las instrucciones aprobadas por Educación se afirma que su periodo provisional será "desde el 1 de Julio de 2008 hasta el nombramiento de los nuevos directores, que se realizará de acuerdo con el nuevo decreto que regule el procedimiento". Es decir, que en la práctica todo seguirá igual.

"Falta de capacidad"

Según CC OO, sindicato mayoritario entre los docentes de la red pública, esta instrucción "vuelve a poner en evidencia la nula intención de Educación de sujetarse a la normativa en vigor desde la publicación de la LOE, en mayo de 2006, y su falta de capacidad gestora".

Después de casi tres años de conflicto con el Ministerio de Educación por la forma de elegir a los directores de los colegios y tras recibir varias sentencias adversas, la consejería accedió a cambiar la Ley de Escuela Pública Vasca (de la que emana el sistema de elección de directores) para adaptarla a lo que dispone en esta materia la LOE. Esta ley establece que la designación de los directores de los centros públicos debe realizarse con un concurso de méritos, que tiene que evaluar una comisión mixta formada por representantes de la consejería y el centro. Frente a este sistema, Educación ha regulado hasta ahora que el director sea elegido sólo por el consejo escolar, el órgano máximo de representación del centro y en el que participan padres, docentes y alumnos.

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