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El PP defiende al alcalde inhabilitado de Dozón

El secretario provincial del PSOE, Modesto Pose, advirtió ayer al responsable del Partido Popular en Pontevedra, Rafael Louzán, de que "no puede mantener a un alcalde condenado por prevaricación al frente del Ayuntamiento de Dozón". Pose pidió al PP "medidas urgentes" tras conocer la sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 que acusa a Adolfo Campos, con más de 20 años en el cargo, a 9 años de inhabilitación especial para cargo o empleo público.

Fue Xosé Crespo, alcalde de Lalín, y no Rafael Louzán quien contestó ayer en nombre del PP para recordar que "no es una sentencia firme y ya hubo casos en ayuntamientos próximos en los que un funcionario se siente acosado y termina llevando al alcalde ante los tribunales". Crespo explicó que este tipo de procesos "normalmente, se dan por desencuentros personales entre quienes antes eran muy amigos, como era este caso, y luego dejan de serlo". Algo que, según dijo, "pasa en varios ayuntamientos y de todos los colores políticos, tanto dentro de Galicia como fuera". Aunque "respetan" la decisión de la juez "sorprende que el fiscal solicite la libre absolución", matizó. En todo caso, "como partido" no entran "a valorar la sentencia".

Campos recurrirá

En ese sentido, el regidor ya ha manifestado su intención de recurrir el fallo. La defensa basará el recurso de apelación en que "los hechos no revisten la gravedad ni la relevancia de un delito de prevaricación". El abogado de Campos, Luis Benjamín, afirma que se trata de "pequeñas irregularidades como cambios de horario en la hora del bocadillo, pecata minuta desde el punto de vista jurídico". Benjamín considera "excesiva" la sentencia.

El polémico regidor fue denunciado por una funcionaria municipal, Ana Lois Navaza, por acoso laboral. Tras una veintena de sentencias favorables por la vía contencioso-administrativa, fue la CIG quien decidió tomar la vía penal formulando una querella por prevaricación.

La juez entiende que el acusado "actuó con plena conciencia de la injusticia de sus resoluciones". Y considera acreditada la "animadversión" de Campos por Ana Lois Navaza "y otros funcionarios", por "pertenecer a un sindicato y partido político con ideas contrarias al suyo". No obstante, el regidor resultó absuelto de un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones al ser formulados fuera de plazo.

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