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Tribuna:REFORMA FISCAL
Tribuna
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Hoy puede ser un gran día

Hoy puede ser un gran día... fiscalmente hablando. Si las previsiones políticas no fallan, que todo puede suceder en este maremágnum, las Juntas de Guipúzcoa van a aprobar hoy el tipo del 30% para el Impuesto de Sociedades, con lo que se va plasmar la discrepancia interna entre las Diputaciones a la hora de fijar este importante impuesto. Este hecho, que a mí y a muchos como yo nos llena de felicidad, parece provocar el rasgado de vestiduras entre quienes han venido potenciando el foralismo fiscal, lo que merece alguna explicación adicional.

El foralismo fiscal vasco es una teoría surgida como de la nada con ocasión de la discusión de la Ley de Terrritorios Históricos (LTH), allá al inicio de la autonomía vasca. Yo personalmente no he conocido nunca a ningún partidario de esta teoría que haya sufrido persecución política bajo Franco o que haya formado un partido político que lo defienda, pero sí sé que, al amparo del Estatuto de Autonomía, que no es foralista, ciertas personas forzaron una interpretación interesada del mismo para establecer un sistema fiscal vasco que ha permitido durante 25 años dar un desmesurado poder en este ámbito a un órgano local -en última instancia, eso es lo que son las diputaciones- en detrimento del órgano natural (o por lo menos así lo consideran los otros 6.000 millones de seres humanos que habitan este planeta), que es el Parlamento.

El sistema foralista es diabólicamente eficaz para eludir la discusión pública de los impuestos que todos tenemos que pagar. Con la excusa de que hay que garantizar la armonización fiscal entre los tres territorios, se juntan seis funcionarios en una oficina, llamada Órgano de Coordinación Tributario (OCT) y allí, sin luz ni taquígrafos, deciden cuantos impuestos vamos a pagar cada uno. Nadie sabe en qué estudios se basan las propuestas, nadie sabe cuál es la finalidad política que se persigue con esos impuestos -porque debemos recordar que los impuestos son la mayor expresión política de un país-, nadie sabe por qué se bajan a unos sectores sociales y se suben a otros, y nadie sabe, en fin, por qué se fija el nivel de recaudación esperada en una cifra determinada y no en otra superior o menor.

De esta manera, y sin participación de la soberanía popular se decide la cuestión más importante de la política anual de éste y cualquier otro país: el esfuerzo fiscal relativo de cada grupo de ciudadanos y, derivado de ello, el nivel global del gasto publico. Una vez que la OCT habla, las Juntas Generales de cada provincia quedan obligadas a aprobar esa propuesta, so pena de atentar contra "la armonización fiscal" y el propio Parlamento vasco se ve constreñido a fijar el gasto total público de la autonomía sobre las decisiones sobre los ingresos tributarios tomadas por esos funcionarios. Es el mundo al revés: los funcionarios deciden y los electos aprueban esa decisión.

Para más inri, al no estar aprobadas las normas fiscales por ley, cualquier ciudadano puede recurrirlas ante los tribunales ordinarios de la jurisdicción contencioso-administrativa y, como ha sucedido en el tema del Impuesto de Sociedades, cabe el caso que la norma fiscal sea anulada judicialmente, generando un caos fiscal que perjudica directamente a las empresas.

Por fortuna, este edificio foralista puede resquebrajarse con la votación de hoy, por lo que, previsiblemente y contra los equilibrios políticos que han sostenido el edificio foral, los partidos vascos van a tener que desempolvar la Ley vasca 3/89, que hace la friolera de 18 años fue aprobada por el Parlamento vasco en desarrollo de sus facultades de armonización y coordinación tributaria que le concede el artículo 41.2-a del Estatuto de Autonomía, para acabar con la desarmonización fiscal y regular de manera unitaria este Impuesto de Sociedades.

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Y espero que al desempolvar esa ley se inaugure una práctica por la que se normalice la vida político-fiscal de este país, de manera que en adelante tengamos un escenario fiscal en el que se aseguren dos objetivos.

Primero, la existencia de una discusión pública en el Parlamento donde se explique los objetivos de la política fiscal; es decir, del tamaño del sector público que deseamos y del esfuerzo en el pago de los impuestos que pedimos a cada ciudadano. Y segundo, que todos los impuestos sean aprobados por ley y así tengan la garantía jurídica que les dan éstas. En otras palabras, que, frente a lo que ocurre ahora, esas leyes solo podrán ser recurridas ante el Tribunal Constitucional y a través de los mecanismos especiales que rigen esta jurisdicción.

Ha sido necesario un cuarto de siglo para poder abrir una ventana a la normalidad en política fiscal. Y aunque esa ventana se haya abierto por unas razones de coyuntura política que poco tiene que ver con el fondo del debate que planteo en este artículo, la contumacia de los hechos ha llevado la cuestión al punto donde debería haberse puesto hace 25 años. Bienvenido sea el día 5 de diciembre.

Javier Olaverri es abogado.

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