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Un supuesto homicida evita la cárcel al cumplir 18 el mismo día del crimen

El joven está acusado de matar a otro menor el domingo en Benalmádena

La partida de nacimiento ha salvado a A. M. H. de dormir desde la pasada noche en la prisión de Alhaurín de la Torre. El joven, uno de los dos implicados en el apuñalamiento mortal de Pedro F. L., de 17 años, a las 6.00 del pasado domingo a la salida de una discoteca en Benalmádena (Málaga), fue detenido por la Policía Local dos horas después del suceso. En su DNI, los agentes descubrieron que A. M. H. cumplía 18 años ese mismo domingo 18 de noviembre, por lo que la Policía Nacional tramitó su puesta a disposición del juzgado de instrucción número 4 de Torremolinos como mayor de edad. Sin embargo, ayer, cuando él y su amigo F. M. P. P, de 20 años, fueron a declarar ante el juez, los padres del chaval aportaron una partida de nacimiento que certificaba que A. M. H nació un 18 de noviembre de 1989 a las 8.00. Es decir, 17 años, 364 días y 22 horas antes de participar supuestamente en la muerte de Pedro.

La partida de nacimiento acredita que era menor a la hora del suceso
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Mientras que el juez decretaba ayer para F. M. P. P. el ingresó sin fianza en la prisión provincial de Alhaurín de la Torre, A. M. H. era puesto en manos del fiscal de menores, ya que cuando supuestamente participó en el delito era menor de edad a todos los efectos. El fiscal ha pedido el internamiento cautelar del joven, medida que previsiblemente será confirmada por el juzgado de menores, que lleva el caso de A. M. H. Fuentes judiciales señalan que el recién descubierto menor "pasará seis meses prorrogables por tres mas en un centro cerrado de menores y luego el juez deberá tomar una decisión sobre él".

Ambos jóvenes están acusados de un delito genérico de homicidio. La Policía, que todavía busca el arma con la que se acabó con la vida de Pedro, deberá certificar quién fue el autor material de las puñaladas, ya que los dos jóvenes se negaron a declarar en la comisaría. Varios testigos de los hechos han afirmado que fue F. M. P. P., quien asestó los pinchazos al menor, enterrado el lunes, aunque cuando se produjeron los hechos todavía era de noche cerrada. La resolución del caso recaerá probablemente en las pruebas que haga la Policía Científica.

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Según fuentes policiales, los agentes de la comisaría de Torremolinos no repararon en que el acusado podía ser menor. Fue el juzgado el que alertó de que había que aclarar si A. M. H. había cumplido la mayoría de edad a la hora de supuestamente participar en el crimen.

A la hora de realizar el cómputo de la edad el Código Civil establece el criterio de la fecha de nacimiento, sin embargo en el ámbito penal rige el principio "de momento a momento". Esto significa que es obligatorio tener en cuenta el momento concreto en que en el transcurso del día se produjo el nacimiento de la persona, así como el momento concreto en el que ocurrieron los hechos.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que cuando no baste con el DNI, pasaporte o cualquier otro documento identificativo y persistan las dudas sobre la edad del acusado, se recurrirá a la certificación literal de nacimiento. En caso de que en dicha partida no conste la hora del alumbramiento, se aplica, según la doctrina del Tribunal Supremo, el principio in dubio pro reo (ante la duda, se fallará en favor del acusado), y se considera que en el momento de los hechos éste aún no ha cumplido la mayoría de edad.

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