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El Supremo reduce a la mitad las condenas al 'comando Dixan'

El Tribunal Supremo ha reducido sustancialmente las condenas a cinco islamistas del conocido como comando Dixán debido a que la Audiencia Nacional no motivó suficientemente las penas de hasta 13 años de prisión que les impuso por pertenencia a la organización terrorista argelina Grupo de Partidarios de la corriente Salafista.

La célula salafista, dedicada a la captación de seguidores entre la población musulmana en España, fue desactivada en Cataluña, en enero de 2003. El sobrenombre de comando Dixán procede de que entre las sustancias que se les incautaron en un primer momento había cierta cantidad de detergente que posteriormente el FBI norteamericano informó de que podía servir para la fabricación de napalm casero. También les fueron incautadas emisoras de radio, soldadores, temporizadores eléctricos y diverso material electrónico.

La Audiencia Nacional impuso penas de 13 años de cárcel a Mohamed Tahraoui, Djamel Boudjelthia, Ali Kaouka, Souhil Kaouka y Mohanes Amines Benaboura por delitos de pertenencia a banda armada (10 años) y falsificación en documento público con finalidad terrorista (tres años).

La Audiencia Nacional declaró en su sentencia que estimaba adecuadas las penas de 10 años por pertenencia a organización terrorista solicitadas por el fiscal, pero para justificarlas "únicamente se señaló la adscripción temporal larga a movimientos extremistas". Para el Supremo, "tales razones no pueden sustentar una motivación adecuada e individualizadora que justifique la imposición de una pena privativa de libertad que se sitúa en la mitad superior de la legalmente establecida". En consecuencia, "deben reducirse las penas impuestas por el delito de integración en organización terrorista, al mínimo legal establecido, de seis años de prisión".

El alto tribunal hace lo mismo respecto al delito de falsedad documental, en el que la Audiencia justifica las penas de tres años en "la gran cantidad de documentos destruidos incautados". El Supremo las reduce a un año y nueve meses de prisión para tres de los condenados y absuelve a otros dos.

Las condenas resultantes quedan en siete años y nueve meses para Mohamed Tahraoui, Djamel Boudjelthia y Mohanes Amines Benaboura y seis años para Ali y Souhil Kaouka.

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