Reclame si lo desea, pero no servirá de nada
Los ciudadanos tienen derecho a saber si están siendo grabados, pero no a ver las imágenes
Según la ley de videovigilancia, y salvo en el caso de las cámaras que dependen de las Fuerzas de Seguridad del Estado, el ciudadano tiene derecho a pedir el borrado de las imágenes en las que aparezca grabado. Sin embargo, como, al menos en Madrid, casi ningún cartel avisa de que un área está siendo grabada -y no todas las cámaras registran imágenes efectivamente-, es imposible saber si se está siendo vigilado. "Se debe preguntar al responsable de la vigilancia, que tiene que ofrecer la certeza al ciudadano de si ha sido captado por las cámaras o no", dicen en la Asociación Española de Protección de Datos (AEPD), "pero no están obligados a enseñarnos las imágenes". "En caso de duda, puede reclamar a Protección de Datos", señala el director.
Una vez que la agencia confirma que ha sido filmado, hecho que puede costar días, el particular puede pedir la cancelación del registro, es decir, el borrado de las imágenes. De nuevo deberá dirigirse al titular de esas imágenes (organismo oficial, banco, establecimiento comercial, etcétera) y solicitar el borrado, que deberá ocurrir antes de 10 días. "En el caso de que no fuese así, entonces puede recurrir a la AEPD, pero en ningún caso podremos obtener la cancelación antes de seis meses, y como la ley marca que antes de un mes todas las imágenes deben ser borradas, no sirve de nada", reconoce el director de la AEPD.
Y si la pregunta es si existen auditorías o controles por parte de la Administración de que las imágenes son destruidas antes de 30 días, la respuesta es no. Por lo que nunca sabrá si su imagen está grabada en algún banco de datos de la región. Cuando las fuerzas de seguridad quieren grabar algún acto público, deben pedir permiso a la Delegación del Gobierno y después comunicar a este organismo que han dejado de hacerlo y, luego, enviar un informe a la Comisión de Videovigilancia.
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