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Un juez falla en contra de otra trabajadora con unas circunstancias parecidas

Patricia Ortega Dolz

El caso de Luisa López tiene otra cara. Su compañera Silvia Rodríguez, que trabaja también en el mismo servicio de bibliobuses desde 1996, no ha tenido tanta suerte con la justicia.

El 30 de mayo de 2004, Silvia dio a luz a mellizos y en septiembre de 2005 solicitó una reducción de su jornada continuada de una hora para entrar a las ocho de la mañana y salir a las dos de la tarde, en lugar de a las tres. Ese horario, como había ocurrido también en el caso de Luisa, había sido permitido desde el 7 de enero por la misma subdirectora general de personal.

En marzo de 2006, justo después de la reunión de la Comisión Técnica de Bibliotecas, se le comunicó verbalmente que debía cumplir su jornada partida en el horario de 10.30 a 18.30. Ante esa situación impuesta, Silvia solicitó la reducción de jornada de dos horas para al menos salir a las 16.30 y, a la vez, interpuso una demanda en el Juzgado de los Social número 26.

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El juez, que considera esos hechos probados pese a que la letrada de la Comunidad aseguró que "nunca se había autorizado a la trabajadora a realizar una jornada continuada", desestimó sin embargo su demanda.

No presupuso, como sí lo había hecho el magistrado que le tocó a Luisa, que el hecho de que se hubiera venido prestando un servicio adaptándolo a las necesidades familiares de la trabajadora era suficiente para probar que no provocaba ningún problema organizativo. Tampoco consideró, como sí hizo el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en su argumentación tras el recurso suplicatorio presentado por la Comunidad, la jurisprudencia existente con respecto a este tema tanto en el Tribunal Supremo como en el Tribunal Constitucional.

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Muy al contrario, el juez que le tocó a Silvia entendió que lo que pedía la empleada era un cambio de turno (jornada continuada frente a jornada partida) y no una reducción de jornada. Y consideró que la demanda "adolecía del defecto de inadecuación del procedimiento". Según este magistrado, "es incuestionable que en el servicio de bibliobús rige horario partido de mañana y tarde". Y falla, advirtiendo de que no cabe interponer recurso alguno: "Que, desestimando la demanda interpuesta por doña Silvia Rodríguez contra la Consejería de Cultura y Deportes de la Comunidad de Madrid, debo absolver y absuelvo a la Administración demandada de las pretensiones deducidas en su contra".

La realidad de Silvia ahora es bastante distinta de la que esperaba: "Me he tenido que pedir dos horas de reducción con la consecuente reducción de sueldo (400 euros menos) y contratar a una persona que esté en casa para que se ocupe de los niños mientras yo llego". "Además", dice, "con mellizos es complicado, y con un marido que trabaja en el mundo de la publicidad y no le veo el pelo. Si no está de viaje, vuelve a las nueve de la noche a casa...".

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Sobre la firma

Patricia Ortega Dolz
Es reportera de EL PAÍS desde 2001, especializada en Interior (Seguridad, Sucesos y Terrorismo). Ha desarrollado su carrera en este diario en distintas secciones: Local, Nacional, Domingo, o Revista, cultivando principalmente el género del Reportaje, ahora también audiovisual. Ha vivido en Nueva York y Shanghai y es autora de "Madrid en 20 vinos".

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