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La UCE reprocha a la Generalitat que no regule el "libro del edificio"

Los promotores y vendedores de viviendas están obligados por una ley de 1999 a entregar a los propietarios el libro del edificio, donde se describe el mantenimiento de las casas, tanto preventivo como correctivo y documento necesario para reclamar en caso de que afloren deficiencias. En la Comunidad Valenciana, la Consejería de Medio Ambiente y Vivienda no ha reglamentado todavía su uso.

Ayer, la Unión de Consumidores (UCE) solicitó a la consejería que haga sus deberes y lo regule, tal y como ocurre en otras comunidades como La Rioja, Asturias, Madrid. "Sobretodo", explicó la UCE, "teniendo en cuenta la reciente resolución de la Dirección General de Registros y Notariado en la que recomienda a los notarios que exijan al promotor-vendedor la entrega del libro del edificio en el momento en que se otorgue escritura pública de compraventa de la vivienda".

La ley de Ordenación de la Edificación dejó en manos de las respectivas comunidades autónomas la reglamentación de este libro. Esta falta de reglamentación provoca, según la UCE, que la mitad de los promotores ni conozcan ni entreguen el libro del edificio. Y en el caso de los promotores que sí lo entregan, estos carecen de criterios unificados al no existir una normativa que los establezca.

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