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El Supremo obliga al Gobierno vasco a izar la bandera española en todos sus edificios

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco por la que se obliga al Gobierno vasco a hacer ondear la bandera nacional de manera permanente en la Academia de Policía de la Ertzaintza, en Arkaute (Álava), donde no ha sido izada en 20 años.

La Administración del Estado presentó un recurso contencioso administrativo contra la desestimación del requerimiento que hizo a la Academia de Policía vasca para que colocara la enseña nacional. La Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco falló a favor de la obligación de hacer ondear la bandera de España y el Gobierno vasco, a continuación, presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que ahora lo ha desestimado. Al declarar que no ha lugar el recurso, el tribunal condena al Gobierno vasco a pagar las costas, 2.000 euros para el letrado.

El Ejecutivo vasco argumentó en su favor que la ausencia de la bandera nacional en Arkaute es una situación que no ha sido cuestionada en 20 años pese a ser conocida y que el cambio de criterio provoca "cierta inseguridad jurídica".

La ley, sobre la costumbre

Responde el Supremo, en línea con lo que ya argumentó el TSJ del País Vasco, que "en modo alguno la costumbre puede prevalecer sobre la ley" y que dar por válido ese criterio supondría "aceptar que las normas con rango de ley se derogan o no resultan exigibles por el simple transcurso del tiempo".

El Tribunal Supremo añade que la situación que sí podría generar inseguridad jurídica es la que "de forma constante y permanentemente en el tiempo se viene situando al margen de lo establecido en el artículo 4 de la Constitución Española y en la Ley 39/1981, de 28 de octubre, que regula el uso de la bandera nacional y el de otras banderas y enseñas".

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El Supremo recuerda que mantiene sus argumentos de la sentencia de 14 de abril de 1988 interpretando la citada ley, en la que se especifica que la bandera de España deberá ondear en el exterior de los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado.

La expresión "deberá ondear, formulada en imperativo categórico -decía en esa sentencia el Tribunal Supremo-, viene a poner de relieve la exigencia legal de que la bandera de España ondee todos los días y en los lugares que expresa".

En otra resolución, el Supremo ha rechazado el recurso que el Gobierno vasco presentó contra el auto del TSJ vasco por el que en abril de 2004 ya ordenó cumplir, de forma provisional, la obligación de colocar en la sede policial la bandera de España.

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