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Una madre pierde la custodia de su hija por crearle fobia hacia el padre

La juez prohíbe a la mujer y a su familia acercarse a la niña

Una juez de Manresa (Barcelona) ha dictado una sentencia de divorcio que retira la guarda y custodia de una niña de ocho años que tenía reconocida la madre y se la concede al padre al considerar que es "la mejor solución" para que la pequeña "supere la fobia, rechazo o aversión" que siente hacia él. La juez responsabiliza de ello a la madre y le prohíbe que se acerque a la niña en seis meses.

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La contundencia de la resolución judicial en favor del padre es muy inusual en procesos de separación o divorcio y en este caso el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Manresa ha dado la razón al hombre en casi todo. El matrimonio se separó en 2004 y la sentencia dictada ahora resuelve el único punto de conflicto de la pareja: la custodia de la niña.

Los seis peritos que la exploraron coincidieron en que la pequeña sufre una "fobia severa" hacia su padre. En lo que discreparon es en el origen de este trastorno. Unos entendieron que fue porque el padre amenazaba a la madre y otros por la perniciosa influencia de la mujer y de la familia materna, que crearon en la niña una idea negativa de su padre.

Es lo que los especialistas denominan Síndrome de Alienación Parental (SAP). Uno de los más cualificados es José Manuel Aguilar, quien declaró en este proceso que la madre era el elemento alienador.

Por ello, la juez atiende la propuesta del padre y con el fin de que el traspaso de la custodia "resulte lo menos traumática posible", la niña residirá el primer mes en casa de los abuelos paternos. El hombre podrá visitarla sin que afecte a su horario escolar, pero no podrá pernoctar allí. Pasado ese tiempo, los especialistas la reconocerán y decidirán si la niña puede irse a vivir con el padre, médico de profesión.

Investigación penal

La juez recuerda en la sentencia que hasta tal punto ha sido perniciosa para la menor la influencia de la madre y de su familia que, a petición del fiscal, otro juzgado ha abierto diligencias penales contra ella al considerar que existen "bastantes indicios" de que pudieron cometer un delito de sustracción de menores y abandono de menores. Y es que cuando se le concedió al padre la guardia y custodia de manera provisional el pasado mes de diciembre, la madre desapareció con la niña, la ocultaron y ésta dejó de acudir al colegio. Además, la mujer ha obstaculizado desde la ruptura matrimonial que el padre pudiese visitarla.

A la vista de todo ello y para evitar que la madre huya, el juzgado prohíbe que la niña pueda salir de España, que se le expida el pasaporte e impone que cualquier cambio de domicilio se autorice por la justicia.

Recuerda la juez que la madre insinuó malos tratos y abusos del padre hacia la pequeña para impedir las visitas, pero añade que, de ser ciertos, los debería haber combatido "como mínimo, con igual vigor que la negativa a las visitas, lo que no ha sido así". La sentencia asegura en otro párrafo que "la madre no hace lo que dice (...) sino lo contrario" y que "no está contribuyendo a una buena educación a futuro de la menor", de la que dice que está viviendo "un conflicto desmesurado e impropio para ella".

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