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Reportaje:

¡Qué duro es comprar piso!

Los expertos aconsejan poner toda la atención antes de decidirse, en medio de un aumento de las quejas y las consultas

La vivienda no sólo está por las nubes. También hay que informarse y saber elegir. De lo contrario, comprar puede ser una odisea y, si sale mal, una fuente de reclamaciones. Las quejas y consultas de los compradores aumentaron un 26% en 2005 y han crecido un 60% en un quinquenio, según el Instituto Nacional del Consumo (INC). Este aumento se produce con el sector en pleno auge. El año pasado se vendieron en España 975.000 viviendas nuevas y usadas.

No es posible separar las consultas de las reclamaciones. El INC dice que son datos que le llegan procedentes de las organizaciones de consumidores. Algunas de estas organizaciones consultadas tampoco separan qué son reclamaciones y qué consultas.

Plazos, anticipos y datos sobre calidades centran los problemas, según la OCU

La mayor patronal del sector, la Asociación de Promotores Constructores de España (APCE) cuestiona el desmesurado aumento de reclamaciones y consultas que arroja la estadística oficial. "No digo que no pueda haber un aumento de las reclamaciones porque existen unos niveles de ventas altos, pero no de la magnitud que dicen las cifras que envían las organizaciones de consumidores al Instituto Nacional del Consumo", afirma Manuel Martí, secretario general de esta patronal de promotores, que agrupa a 4.500 empresas. "Les he pedido varias veces que las desglosen y no son capaces", asegura el portavoz de la patronal.

Tanto la patronal APCE, como las organizaciones de consumidores aconsejan informarse bien antes de comprar y revisar los contratos.

A José Antonio Folgoso su vivienda le ha traído problemas serios. Compró una casa de una planta hace 15 años. Hace seis la amplió y ahí empezaron sus problemas. "Primero salieron algunas rajas pero no hice demasiado caso. Luego se extendieron y ya las tengo en las vigas", asegura Folgoso. "Me entra agua en el comedor. La tela asfáltica no se colocó bien. Al principio, era poca cosa y no hice caso", dice este comprador que adquirió su casa en la localidad barcelonesa de Castellbisbal. "Los constructores eran dos socios que han trabajado en otras casas de la zona. Cuando fui a quejarme, uno de ellos me dijo que la empresa había desaparecido", relata. "Desde hace más de un mes tengo un abogado. El letrado, Jonathan Sánchez, de la Unión de Consumidores de Cataluña, dice que estudian actuar contra los constructores y el arquitecto.

La ley de Ordenación de la Edificación de 1999 fija un plazo de 10 años para responder por defectos estructurales en la edificación. Durante tres años, los vendedores deben responder de los defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones y durante un año de los daños por defectos de acabado de las obras, según la ley.

Debe haber también un seguro de daños materiales o de caución que garantice, por 10 años, el resarcimiento de daños debidos a vicios o defectos que tengan su origen en la cimentación, los soportes, las vigas y otros elementos de la obra.

Desde la patronal APCE, su secretario general dice que casos como éste pueden darse. Pero recalca: "Nuestros asociados cumplen la normativa, aunque hay per

sonas y empresas que entran en el sector para hacer beneficios rápidos y pasado un tiempo lo abandonan. Por eso, pedimos que funcionen las inspecciones porque todos nos beneficiaremos

. El portavoz de la patronal agrega que para los agremiados de la APCE existe un contrato-tipo desde 2001 para dar garantías a comprador y vendedor.

Un caso distinto es el de José Miguel Montañés. "Hace un año quisimos comprar una planta baja de 60 metros y otros 40 de terraza. Eran dos bloques con 24 viviendas. Hice una reserva por 3.000 euros y a los pocos meses un contrato de arras por otros 13.000 euros.

En diciembre, el promotor lo rescindió al ver que el precio de la casa iba subiendo y había compradores dispuestos a pagar más", afirma Montañés, que quiso comprar esta segunda residencia en la localidad gerundense de Palafrugell.

"Las cláusulas no me parecieron bien, pero me dormí en los laureles. He recibido varios burofaxes de la empresa indicándome que rescindían el contrato. He acudido a la Unión de Consumidores y Usuarios de Cataluña para actuar por la vía legal", explica Montañés.

Este comprador admite que el contrato de arras que firmó contemplaba que tanto comprador como vendedor podían desistir de la compra. La empresa le ha ofrecido pagarle un 50% más de lo que anticipó para cancelar la operación. "Estaba en el contrato pero no lo acepto. No he cogido el dinero, pero ya han empezado a vender los pisos. La agencia me dice que la vivienda sobre la que hice la reserva ya está vendida, aunque yo no he firmado nada", explica.

Las normas publicadas por los colegios de notarios indican que tanto el comprador como el vendedor pueden desistir de la compraventa. Pero recalcan que el vendedor debe devolver "el doble de la cantidad recibida". La empresa afectada rechazó entrar a comentar este extremo y señaló que "todo está en el contrato".

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha detectado tres bloques de reclamaciones habituales en la compra de piso. En la fase de preventa, cuando el cliente va a la oficina, faltan memorias de calidades e información sobre los plazos de entrega", dice el portavoz de la entidad, Antonio Joya. "A veces, en las memorias de calidades que se dan al cliente, consta el nombre de una marca conocida o similar. Lo de similar no vale. Hay que concretar la marca", afirma Joya.

Otra fuente de conflictos son los anticipos. "Deben tener la garantía, a través de un seguro, de que al cliente le devolverán el dinero si no se lleva a cabo la obra", recalca el representante de la OCU.

Un segundo bloque de quejas son los plazos de entrega. Según la OCU, "si alguien ha firmado un contrato privado de compraventa y los plazos no se cumplen hay derecho a indemnización porque hay sentencias que lo dicen", asegura Joya. Otro aspecto a tener en cuenta son los gastos de subrogación de la hipoteca. Cuando un promotor traspasa la hipoteca de un piso a un cliente se producen unos gastos de subrogación, que no debe pagar el cliente. Pero "si la subrogación no se produjera por causa imputable al comprador correrán por cuenta de éste los gastos de cancelación de la parte de préstamo y garantías correspondientes", dice la norma.Planos de situación de la vivienda y de sus aprovisionamientos

Hacer constar los materiales empleados en la construcción, incluidos los aislamientos

Descripción de la superficie útil y de las zonas comunes

No debe pasarse por alto que los gastos de comunidad o los recibos de contribución que existan deberán ser abonados por el comprador

José Miguel Montañés muestra el contrato de arras anulado por el promotor.
José Miguel Montañés muestra el contrato de arras anulado por el promotor.MARCEL LÍ SAENZ

A TENER EN CUENTA ANTES DE COMPRAR

Nombre y domicilio del promotor y del arquitectoSeguro de daños para garantizar por 10 años problemas de cimentación u otros de estructuraComprobar fecha de entrega de la vivienda y fase en que se encuentra la construcciónSi hay cantidades a cuenta, deben constar las garantías y la cuenta donde deben pagarsePrecio y forma de pago

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