Hay que cumplir las sentencias
El Tribunal Europeo de Justicia condenó a España el 26 de octubre de 2006 por no reconocer los derechos de propiedad intelectual en las obras de préstamo en las bibliotecas públicas, tal y como establece la Directiva 92/100. La sentencia de Luxemburgo rechaza los argumentos que el Gobierno español ha defendido hasta el final para justificar las exenciones a esta norma, en vigor desde 1992. Al igual que ocurrió con Bélgica en 2003, con Italia, Portugal y Luxemburgo en 2006, y con Irlanda en 2007, el máximo órgano interpretativo del derecho comunitario ha dictaminado que el ordenamiento jurídico español en esta materia no se adecua a la legislación europea. El Gobierno español, como Estado miembro de la Unión Europea, debe acatar la sentencia y proceder a su cumplimiento.
La desobediencia de nuestras obligaciones comunitarias sería castigada con una multa estimada en 300.000 euros diarios. Es decir, una vez que la sanción sea impuesta, los españoles tendríamos que abonar unos 110 millones de euros anuales por no haber pagado la comparativamente pequeña cifra de 1,4 millones al año en el conjunto del Estado. Ése es el coste calculado, en todo el territorio español, de abonar a los autores 20 céntimos de euro por cada libro comprado, -con independencia del número de veces que se preste-, para bibliotecas públicas de municipios de más de 5.000 habitantes. Veinte céntimos que jamás pagaría el usuario y que en ningún caso mermarían los 28 millones de euros destinados en 2007 por el Ministerio de Cultura para la compra de fondos bibliográficos.
El Gobierno ha ideado esta solución, acordada con la mayoría de las Comunidades Autónomas y con las corporaciones municipales (titulares del 96% de la red de bibliotecas públicas), e introducida, con un amplio consenso parlamentario, vía enmienda al Proyecto de Ley de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas, actualmente en trámite legislativo. En este momento, dicha enmienda ha sido enviada a Luxemburgo para demostrar que España está haciendo lo posible por cumplir el mandato judicial comunitario, y evitar con ello la onerosa sanción, derivada de un modelo que funciona en Europa desde hace más de 40 años en países de una gran tradición bibliotecaria, como Dinamarca.
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