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El conflicto de Irak

Un nuevo pulso constitucional y un largo proceso legislativo

Antonio Caño

La aprobación por el Senado de una ley que marca un plazo para la retirada de tropas de Irak da lugar a un difícil pulso entre el Congreso y la Casa Blanca y abre el tiempo de una apasionante negociación entre bastidores.

Al ser distintas las leyes que los demócratas han conseguido sacar adelante en cada una de las Cámaras, se hace necesario ahora iniciar lo que, en el lenguaje constitucional estadounidense, se conoce como proceso de conciliación. Senado y Cámara nombran representantes para la integración de un comité conjunto del que debe salir un único texto consensuado.

Al tratarse del mismo partido con mayoría en las dos Cámaras, esa conciliación no debería de resultar muy difícil, si bien hay que tener en cuenta que la ley de la Cámara de Representantes es notablemente más radical que la del Senado y que la victoria ha sido muy estrecha en ambos casos.

El texto surgido de ese comité -ya después de Semana Santa- tiene de nuevo que ser votado por las dos Cámaras, que no pueden introducir modificaciones.

Veto del presidente

Una vez ratificada, la ley le será presentada al presidente, que cuenta con 10 días para pronunciarse. Si no lo hace en ese tiempo, el proyecto queda automáticamente aprobado. Si decide vetarlo -como parece que será el caso-, debe presentar los argumentos que le han llevado a hacerlo.

El presidente de Estados Unidos no puede vetar unos apartados de la ley y aprobar otros -como cabría pensar al tratarse de una legislación que, además del plazo de retirada, incluye los fondos para la guerra-. Eso ocurrió en el pasado en algunas ocasiones. Bill Clinton, por ejemplo, consiguió el apoyo del Congreso para poder vetar sólo algunos apartados de una ley. Pero en 1998 el Tribunal Supremo dictaminó que esa práctica era inconstitucional.

Una vez que el presidente veta la ley, ésta regresa al Congreso sin posibilidad de rectificación. Es decir, esa misma ley no puede volver a entrar en la Casa Blanca. Puesto que ésta no es una legislación prescindible, se hace obligatorio, por tanto, abrir una negociación en la que los dos poderes constitucionales encuentren un punto en común.

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