Agravio comparativo
Leímos este fin de semana en EL PAÍS el editorial titulado Vino, alcohol, menores y queremos manifestar, en primer lugar, nuestro apoyo al objeto de la ley que pretende, como plantean ustedes en el texto publicado, "tolerancia cero en el consumo de bebidas alcohólicas a niños y adolescentes". Mantenemos un claro compromiso en ese sentido, demostrable desde hace más de una década, a través de campañas de prevención y promoción de consumo responsable en adultos. Pero no podemos dejar de expresar nuestro malestar por el hecho de que se reconozcan las cualidades del vino y se ensalcen sus peculiaridades beneficiosas y no se tengan en cuenta las de la cerveza y la sidra, similares al tratarse de bebidas fermentadas, de origen agrario y uso alimentario, y que se consumen desde hace miles de años en la península Ibérica. Para las tres bebidas pedimos el mismo tratamiento normativo, sin excepciones.
Sería un agravio comparativo imposible de justificar que se le otorgara un trato diferente al vino de la cerveza y la sidra en dicha Ley, no sólo por tratarse del mismo tipo de bebidas con pautas de consumo similares, sino también por tener hasta una tercera parte de contenido alcohólico estas últimas frente a la primera. Todo ello, teniendo en cuenta que a pesar del bajo contenido alcohólico de estas bebidas, tratándose de menores, el consumo debería ser cero. Pero la protección de los menores no tiene por qué afectar a la promoción en adultos de pautas de consumo saludables de bebidas fermentadas de baja graduación (ya sea vino, cerveza o sidra).
Aprovechamos para reiterar, tal y como señala la Comisión Europea, que son las medidas educativas y preventivas y la autorregulación, y no las medidas prohibitivas, las realmente eficaces para hacer frente al consumo indebido en menores.
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