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Auto 18/2006: "Un trabajo académico no puede justificar una sospecha fundada de parcialidad"

El Partido Popular presentó en noviembre de 2005 un recurso de amparo contra la decisión adoptada por la Mesa del Congreso a favor de tramitar la propuesta de reforma del Estatuto catalán. En aquel recurso, el PP incorporó la petición de recusación del magistrado del Tribunal Constitucional Pablo Pérez Tremps, al que acusaron de asesorar en la redacción del proyecto de reforma estatutaria y por lo tanto, carecer de la imparcialidad debida.

El Tribunal Constitucional se pronunció el 24 de enero de 2006 en el auto 18/2006 contra esa recusación. El pleno llegó a la conclusión de que la supuesta asesoría que el PP esgrimía para pedir la recusación de Pérez Tremps era en realidad un trabajo académico. "Un trabajo académico como el ya analizado y descrito no puede justificar una sospecha fundada de parcialidad, incluso si su tesis coincidiera con la que luego es defendida por alguna de las partes".

Al PP no le sirvió de nada aquel pronunciamiento porque volvieron a plantear la recusación de Pérez Tremps cuando, una vez aprobado el Estatuto de Autonomía de Cataluña, presentaron recurso de inconstitucionalidad contra el mismo. Pérez Tremps señala en su escrito de alegaciones: "Difícilmente lo que en enero de 2006 era un trabajo académico puede meses después transformarse en un dictamen, por más que así quiera presentarse públicamente desde distintos sectores legos en Derecho". Y añade: "La aceptación de una recusación o la decisión de abstenerse en un asunto, frente a lo que a veces quiere hacerse ver, no es un tema ético sino jurídico: si concurren las causas de abstención y recusación legalmente previstas, procederá la primera o la aceptación de la segunda; si no proceden, ni la conveniencia propia o ajena, ni la mayor o menor comodidad propia, y mucho menos las presiones externas más o menos implícitas deben guiar una decisión en este campo".

El secretario general del PP, Ángel Acebes, ex ministro del Interior y de Justicia, considera "impensable" que Pérez Tremps pueda juzgar el recurso de inconstitucionalidad contra el Estatuto de Cataluña con el argumento de que el magistrado mantuvo una relación mercantil con la Generalitat.

Los documentos oficiales prueban que esa relación mercantil se formalizó para la elaboración de un trabajo que se añadió a una publicación que ni siquiera encargó el Gobierno tripartito (PSC-ERC-ICV) que impulsó la reforma sino el Ejecutivo anterior de CiU.

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