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Justicia deniega la nacionalidad a una colombiana porque se llama Darling

El juez del Registro Civil Técnico de Madrid ha denegado a la colombiana Darling Vélez Salazar la nacionalidad española porque su nombre propio "no es admisible" en la legislación española. Darling solicitó la nacionalidad hace unos meses, pero el pasado 15 de noviembre recibió un escrito del Registro Civil que le decía que para adquirirla debía cambiarse el nombre por otro "incluido en el calendario", explicó la mujer.

Su abogado recurrió entonces la decisión porque considera que vulnera "los derechos civiles y personales". El recurso presentado por el letrado también recuerda que, al tratarse de un proceso de nacionalización y no de un nacimiento, el solicitante debe conservar el nombre y los apellidos que ostenta de forma legal. De hecho, el abogado explica que el cambio de nombre podría perjudicar a Darling, porque tendría dos nombres distintos, y la obligaría a revisar toda su documentación oficial e historial jurídico. El abogado recuerda que en los convenios hispanocolombianos para obtener la doble nacionalidad se permite "adoptar el nombre que desee". Incluso apela a Unicef para explicar que el nombre es un derecho absoluto de toda persona, inalienable, tutelado por la ley e irrenunciable.

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