Varapalo del Constitucional a Atutxa por no computar el voto fallido de una diputada
El Tribunal Constitucional ha propinado un duro varapalo al ex presidente del Parlamento vasco Juan Maria Atutxa por haber propiciado uno de los más bochornosos episodios de la reciente historia parlamentaria al excluir el voto de la diputada autonómica Irene Novales Villa en la votación de la Ley de Presupuestos de 2005 por mal funcionamiento del sistema electrónico. El Constitucional declara que Atutxa no sólo violó los derechos de la diputada, sino los de todos los miembros del Grupo Parlamentario Socialista y los del grupo como tal.
Durante la sesión del Parlamento vasco de 28 de diciembre de 2004, al someter a votación un voto particular de los grupos parlamentarios del PNV, EA, IU y Unidad Alavesa al proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Vasca de 2005, Atutxa concedió 22 segundos para que los 74 parlamentarios presentes pulsaran el sistema de votación electrónica. Cuando la diputada del PSE Irene Novales fue a accionar el botón del no, comprobó que el sistema de su escaño fallaba. La diputada hizo gestos ostensibles de la anomalía tanto a Atutxa como al portavoz de su grupo, Rodolfo Ares. Su voto, finalmente, no fue computado, y el voto particular al proyecto de ley salió adelante por 37 votos a favor, 36 en contra y ninguna abstención.
La sentencia de la Sala Segunda del Constitucional afirma que "recae sobre los órganos de la Cámara, y en especial sobre su presidente, la tarea de demostrar que la diputada tuvo una conducta negligente", pero entiende que, por el contrario, Irene Novales "actuó correctamente".
Comprobar la anomalía
En cambio, "la actuación de la presidencia del Parlamento vasco supuso, pura y simplemente, lesionar el derecho a votar de la parlamentaria", asegura el Constitucional, que no considera "lógico" que ante un problema técnico del sistema de votación electrónico la única reacción de Atutxa fuera negarse a comprobar la anomalía y en su caso, repetir la votación.
El Constitucional otorga el amparo a la diputada y al Grupo Parlamentario Socialista y anula la decisión de Atutxa y otra de la Mesa de la Cámara que la ratificó, pero reconoce que el fallo tiene un contenido "exclusivamente declarativo", ya que aquella legislatura concluyó y la Ley de Presupuestos tuvo una vigencia anual que ya ha concluido. La sentencia contiene un voto particular del magistrado Vicente Conde, que entiende que a Atutxa debe exigírsele que vele por el adecuado funcionamiento del sistema de votación y no por la diligencia o negligencia de la diputada.
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