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Ercros recurrirá la condena que le insta a pagar por contaminar el Ebro en Flix

La empresa Ercros, condenada en sentencia firme en 2003 por unos vertidos ilegales cometidos entre 1988 y 1993, recurrirá una reciente resolución judicial de la Audiencia de Tarragona que le obliga a pagar una indemnización por contaminación del río Ebro en la localidad tarraconense de Flix. La firma argumenta que no hay forma científica de demostrar qué cantidad de residuos vertió en ese período. Hay al menos 700.000 toneladas de lodos tóxicos acumulados frente a la planta de Ercros, en el embalse del Ebro en Flix desde que la fábrica abrió en 1900, aunque no hay legislación para perseguir los vertidos si son anteriores a septiembre de 1988.

Un portavoz de Ercros aseguró ayer que la resolución judicial de la Audiencia de Tarragona "no se ajusta a la prueba practicada". Las pruebas, realizadas por un equipo de peritos, que la Audiencia define en su resolución como "probablemente los mejores conocedores de la contaminación en el río", son la base de la sentencia de 2003 que Ercros no recurrió y que condenó a la firma por responsabilidad civil en los vertidos. La sentencia consideró probada la existencia de vertidos en ese período concreto.

La misma sentencia, de conformidad entre las partes, condenó también a cinco directivos a seis meses de prisión, multas de 30.000 euros e inhabilitación y estableció que un grupo de peritos debía cuantificar los vertidos producidos entre 1988 y 1993. Esto es lo que han tratado de hacer los expertos desde 2003 hasta octubre pasado. Finalmente, en una vista judicial celebrada el pasado tres de octubre afirmaron que era imposible determinar científicamente qué parte de los residuos acumulados frente a la factoría de Flix pertenecen a Ercros. La presencia de radionucleidos entre los lodos tóxicos hace imposible su datación por métodos como el del carbono 14.

En esto se basa Ercros para argüir que las pruebas periciales no justifican la resolución que le obliga a pagar una parte proporcional de la descontaminación del río, cifrada inicialmente en 155 millones de euros por el Ministerio de Medio Ambiente, impulsor del saneamiento del río.

Sin embargo, la sección segunda de la audiencia tarraconense considera que, ante la imposibilidad de ejecutar la sentencia de 2003, debe sustituirla por una indemnización, y la fija en la parte proporcional de los "costes reales" de la descontaminación del embalse. Su beneficiario será "la entidad que asuma el coste del saneamiento y, si son varias, a prorrata entre ellas".

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