Las compañías de móviles llevarán a los tribunales las nuevas tasas locales
Los ayuntamientos comienzan a cobrarles el 1,5% de sus ingresos por uso de dominio público
Las compañías de móviles se han levantado en armas contra el ansia recaudatoria de los ayuntamientos. Las entidades locales comienzan a cobrarles una tasa de aprovechamiento del dominio público que pagan, por ejemplo, las eléctricas. Algunos municipios, en gran parte catalanes, ya han aprobado ordenanzas en este sentido. La tasa supone el 1,5% de los ingresos brutos, por lo que representaría un desembolso anual de 270 millones para las operadoras. Éstas se han puesto de acuerdo para rechazar la liquidación del impuesto y recurrir en los juzgados las ordenanzas.
Ni un euro más de impuestos. Éste es el claro mensaje que le han lanzado al Ministerio de Industria y a los ayuntamientos las tres compañías de móviles que operan en España. El detonante de esta rebelión es que los ayuntamientos han comenzado a aprobar ordenanzas para cobrarles la tasa de "utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local", un gravamen que pagan las empresas de telefonía fija o las eléctricas, pero del que quedaron excluidas expresamente las operadoras de móviles en la última reforma de la Ley de Haciendas Locales en 2003.
Esa tasa de ocupación del dominio público (vuelo, suelo o subsuelo) se cuantifica por un régimen especial y supone el 1,5% de los ingresos brutos que se obtienen en cada término municipal, por lo que, si se generaliza su imposición, las compañías de móviles deberían afrontar un nuevo desembolso de 270 millones de euros.
Reforma de la ley
Precisamente las discusiones y los pleitos judiciales entre compañías de móviles y ayuntamientos motivaron que en la reforma de la Ley de Haciendas Locales se excluyera expresamente de tribu-tación de la tasa a las empresas de móvil, puesto que sus instalaciones (antenas y estaciones base) no ocupan dominio público, sino privado (azoteas de los edificios, generalmente). A cambio, los ayuntamientos sacaron una buena tajada: a las compañías se les subió en 2003 el impuesto sobre actividades económicas (IAE) un 840%.
Pero, según las operadoras, algunos municipios han roto ahora el pacto. Denuncian que cada vez más ayuntamientos (Santa Coloma de Gramanet, Barcelona, Mataró Tineo, Burgos, Castellón, Málaga, Córdoba, Burgos...) están aprobando ordenanzas específicas con el fin de cobrarles la tasa del 1,5% de la que quedaron expresamente excluidas en la última reforma, "lo que supone abiertamente un fraude de ley", informan en fuentes de las operadoras. "Los ayuntamientos alegan, por ejemplo, que usamos las redes de las compañías de telefonía fija, que ya pagan esa tasa. Es como si al inquilino de un piso le cobraran también la contribución urbana", señalan fuentes de las compañías.
Movistar, Vodafone y Orange (antigua Amena) no se van a quedar de brazos cruzados y han llegado a un consenso para actuar conjuntamente: rechazarán la liquidación de la tasa en los municipios que se les intente aplicar y recurrirán judicialmente las ordenanzas municipales.
Las tres operadoras negocian con el Ministerio de Industria el asunto. En varias reuniones, le han expuesto el problema alegando que la presión fiscal que soportan es ya asfixiante, ya que sólo la carga tributaria específica ha pasado de 65,2 a 332,1 millones de euros.
Y es que las operadoras pagan hasta siete tasas e impuestos diferentes. Hay cuatro específicos que recaudan el Gobierno central o la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones: la tasa general de operadores, la tasa por numeración telefónica, la tasa de telecomunicaciones y la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico. A ellas hay que añadir la citada tasa de utilización del dominio público local, el IAE y el impuesto de sociedades. En algunas comunidades como Extremadura, también deben hacer frente a un impuesto medioambiental.
El origen del conflicto actual está en el artículo 24 de la Ley de Haciendas Locales, que regula una tasa para los sujetos que ocupan el dominio público local. Esta tasa tiene dos regímenes de cuantificación: el general (aplicable a todo aquel que ocupe el dominio público) y cuya cuanti-ficación es potestativa de cada Ayuntamiento mediante la ordenanza municipal correspondiente; y el especial del 1,5% sobre los ingresos brutos, aplicable a empresas explotadoras de suministros o que afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario.
Para resolver el conflicto que mantenían con los ayuntamientos, las operadoras forzaron en la última reforma de la ley la inclusión de un párrafo que les eximiera del pago de la tasa: "Se extiende la actual tasa del 1,5% a las entidades que emplean redes ajenas para efectuar sus suministros aclarando, expresamente, que no se incluyen en este régimen los servicios de telefonía móvil". Pero los ayuntamientos han comenzado a liquidar de nuevo esa tasa, bien aplicando el régimen general, bien con ordenanzas para acogerse al régimen especial.
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