La carga de la prueba
Las actuaciones de Gas Natural ante el Juzgado número 1 de Barcelona responden a una práctica que se ha generalizado desde el año 2001 con la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil. Con estas normas se invierte la carga de la prueba. Es decir, los jueces tienen en cuenta que un presunto perjudicado puede tener muchas dificultades (y gastos) a la hora de obtener pruebas para una demanda y solicita documentación a la parte que, supuestamente, ha podido vulnerar la ley. Los documentos que podrían servir para probar o descartar ilegalidades sólo los examina el juez. Si considera que contienen indicios de delito, los traslada a la parte que solicitó las diligencias preliminares (en la vía penal se denominan diligencias previas).
El perjudicado, con la documentación en su poder, puede armar una demanda en defensa de sus intereses. En el caso de Gas Natural, y en el supuesto de que el juez decidiera el traslado de documentos, la compañía gasista tendría dos meses para presentar la demanda. Es la vía civil y, como señala una fuente jurídica, "en el pleito civil, el demandante es el rey".
Los departamentos jurídicos de todas las compañías implicadas en la batalla energética trabajan de forma intensiva desde hace un año. Borja Acha, por Endesa, y Manuel García Covaleda, por Gas Natural, se han batido el cobre, como responsables jurídicos de sus sociedades, en diferentes escenarios desde septiembre de 2005. En las próximas semanas, previsiblemente, continuarán la lucha.
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