"Sedar a enfermos terminales en coma no es una cuestión penal"
Pregunta. ¿Cuándo incurren los médicos en un delito penal en la atención de un enfermo?
Respuesta. Para que exista delito tienen que concurrir los tres siguientes supuestos: un daño al paciente, una actuación imprudente o negligente del médico y una relación directa demostrada entre el daño y la actuación.
P. ¿Cuál sería el daño?
R. La muerte de un paciente que, con un tratamiento médico adecuado, hubiera podido seguir viviendo.
P. ¿Y qué sería una actuación imprudente?
R. Lo que se conoce como mala praxis médica. Aplicar una sedación que no estuviera indicada, por ejemplo.
P. ¿Y la relación directa entre ambos?
R. Que se pudiera demostrar que el paciente murió por la sedación y no por la enfermedad que sufría.
P. Los peritos del Colegio de Médicos de Madrid dicen que esa relación no puede demostrarse.
R. Entonces no debería haber caso desde el punto de vista penal. Hay un principio fundamental en derecho, que es que en caso de duda, el juez debe decidir en favor del acusado.
P. También dicen que se aplicaron sedaciones a enfermos a punto de morir, pero que estaban en coma y que no podían sentir dolor.
R. Ése es un debate médico, no penal. Si estaban a punto de morir, no hay daño y tampoco delito.
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