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El Constitucional rechaza de plano la recusación del PP para que su presidenta no juzgue el Estatuto catalán

Los populares dudan de su imparcialidad porque está casada con un jurista que informó el texto

El Tribunal Constitucional rechazó anoche, de forma fulminante y por unanimidad, la recusación presentada por la mañana por el Partido Popular contra su presidenta, María Emilia Casas, por entender que su vínculo matrimonial con el catedrático Jesús Leguina Villa, que realizó un dictamen sobre la constitucionalidad del Estatuto catalán, comprometía su imparcialidad de juicio. La recusación del PP, presentada a primera hora de la mañana, fue rechazada tajantemente anoche por unanimidad de los nueve magistrados que participaron en los debates, ya que la presidenta y los magistrados Pablo Pérez Tremps y Roberto García-Calvo, que también han sido recusados, no estuvieron presentes. El magistrado Jorge Rodríguez Zapata formuló un voto particular concurrente.

El PP planteó a primera hora de la mañana la recusación de la presidenta del Tribunal Constitucional, María Emilia Casas, para apartarla del enjuiciamiento del recurso de inconstitucionalidad presentado por ese partido contra el Estatuto catalán. El motivo de la recusación, que el PP dice haber conocido ahora, es que el marido de la presidenta, Jesús Leguina Villa, formó parte de un equipo de 10 juristas que elaboraron un dictamen sobre el texto estatutario.

La recusación del PP, firmada por el diputado Federico Trillo-Figueroa, afirma que María Emilia Casas "está vinculada matrimonialmente" con Jesús Leguina, por lo que tiene "comprometida su imparcialidad por el hecho de que su cónyuge ha participado" en el citado estudio sobre el Estatuto.

El PP adujo ayer haber tenido conocimiento de esa circunstancia en este momento, aunque hace meses recusó a otro de los participantes en ese mismo estudio, el catedrático Pablo Pérez Tremps, posteriormente nombrado magistrado constitucional.

Otras recusaciones

La recusación de la presidenta fue formulada precisamente una vez conocido el resultado obtenido por los populares en las elecciones autonómicas catalanas con la pérdida de un escaño, y apenas media hora antes de que diese comienzo un Pleno que iba a abordar las recusaciones de Pérez Tremps por el PP, y Roberto García-Calvo por la Generalitat de Cataluña. Este último fue recusado por sus opiniones contrarias al Estatuto, vertidas en un voto particular en el que sostuvo que los defensores del texto autonómico abanderaban "experimentos de tinte independentista" para propiciar "la fractura de España".

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Por otra parte, el abogado del Estado presentó ayer su escrito de alegaciones contra el recurso de inconstitucionalidad del PP, en el que defiende la plena constitucionalidad del Estatuto de Cataluña.

Frente a los reproches de inconstitucionalidad del PP sobre determinados aspectos del Preámbulo del Estatuto relativos a derechos históricos, definición de Cataluña como nación y nacionalidad, derecho inalienable al autogobierno y el término "ciudadanos", el abogado del Estado destaca que, según la doctrina constitucional, los preámbulos carecen de valor normativo y no pueden ser objeto de recurso de inconstitucionalidad.

En las 376 páginas de alegaciones, el abogado del Estado señala que los llamados derechos históricos se concilian con el fundamento constitucional del Estatuto. En respuesta a las impugnaciones del PP, explica que las cláusulas lingüísticas del artículo 6 han de concordarse con la doctrina constitucional.

Respecto a las impugnaciones al título "Del Poder Judicial en Cataluña" señala que las cláusulas estatutarias serán efectivas en la medida en que concuerden con la Ley Orgánica del Poder Judicial, y añade que el Consejo de Justicia de Cataluña, cuya constitucionalidad se defiende, queda caracterizado como órgano estatal.

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