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El proceso para el fin del terrorismo

Confirmado el procesamiento de Otegi y la cúpula de Batasuna

La Audiencia Nacional ha confirmado el procesamiento por pertenencia a la banda terrorista ETA de Arnaldo Otegi y otros 35 integrantes de la cúpula de Batasuna, avalando así la investigación realizada por los jueces Baltasar Garzón y Fernando Grande-Marlaska sobre la supuesta financiación de ETA por medio del entramado de herriko tabernas controladas por la formación ilegalizada.

El tribunal señala que "examinadas las actuaciones remitidas, (...) considera totalmente adecuado y cabal el desarrollo histórico, basado en indicios convenientemente expresados (...) realizado por el instructor" para explicar las actividades de Otegi y sus compañeros.

Para los magistrados, el juez "analiza de modo razonado y razonable el ingente material documental acumulado a lo largo de la causa y llega a la conclusión de los procesamientos".

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El tribunal destaca que "en las resoluciones recurridas se da una explicación lógica, ajena a cualquier capricho irrazonable, sobre la posible participación delictiva de los recurrentes, a través de conductas que pudieran enmarcarse en el ámbito de los delitos de integración en organización terrorista o de participación en favor de la misma".

La explicación se basa en los indicios de "cooperación en entidades públicas y privadas que pudieran tener por finalidad desarrollar la estrategia de atemorización social que guía a la banda terrorista ETA".

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Por otra parte, el Tribunal Supremo confirmó ayer las penas de 22 años de prisión impuestas a cuatro activistas de la kale borroka que el 5 de agosto de 2001, en Portugalete (Vizcaya), arrojaron varios cócteles molotov en el interior de un coche donde se encontraban dos agentes de la Ertzaintza, que sufrieron graves quemaduras, informa Julio M. Lázaro.

El Supremo confirma las penas a Egoitz Coto, Zigor Blanco, Sebasten Jon Gurtubay y Bittor Franco, tras dar validez a las pruebas de ADN obtenidas de colillas y vasos utilizados por los acusados. La sentencia absuelve a Ander Arrillaga, porque las declaraciones de un testigo protegido fueron contradictorias respecto a su participación en los hechos.

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