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Condenado a dos años y medio de cárcel el padre que hirió a su hijo con un hacha

La Audiencia de Barcelona ha condenado a dos años y medio de prisión a un hombre por herir con un hacha a su hijo en un hombro mientras discutían en su domicilio, situado en la carretera d'Esplugues, en Cornellà de Llobregat (Baix Llobregat).

El suceso se remonta a la tarde del 3 de septiembre de 2005, cuando Ángel C. M., de 55 años, y su hijo Sergio iniciaron una fuerte discusión en el comedor del domicilio familiar, durante la que llegaron a darse empujones mutuos, según declara probado la sentencia de la Sección Novena.

Alertados por el ruido que se oía en el piso, los vecinos avisaron a la Policía Local, que se personó rápidamente en el lugar de los hechos. La presencia de los agentes, no obstante, no consiguió frenar la discusión y, a su llegada, Sergio empujó a su padre y le hizo caer en el sofá. Acto seguido, el joven llamó "borracho" al procesado y le amenazó con matarle, por lo que éste, "en un estado de gran excitación que le impidió toda reflexión", cogió un hacha de 11 centímetros de hoja y le asestó un golpe a su hijo, a pesar de que los agentes intentaron separarles.

La víctima, sin embargo, se percató de la intención de su padre y se giró para evitar el ataque, por lo que el hachazo no le alcanzó la cabeza, sino el hombro derecho. Tras ese golpe, el procesado levantó de nuevo el hacha, y sólo la intervención de los agentes impidió que consiguiera su objetivo. Sergio convivía con su padre desde que se había separado de su mujer y, desde entonces, los altercados y las discusiones se habían repetido constantemente.

Alcoholemia

La defensa pedía la libre absolución de su cliente, al considerar la agresión un delito de lesiones con la eximente de trastorno mental transitorio y alcoholemia. Subsidiariamente, pedía seis meses de prisión teniendo en cuenta las atenuantes de arrebato o alcoholismo.

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Sin embargo, la Sección Novena le ha condenado a dos años y medio de cárcel por un delito de homicidio en grado de tentativa, frente a los siete años de prisión solicitados por el ministerio fiscal. La sentencia considera probado que no hay "dudas" de la intención del procesado de causar la muerte de su hijo.

A la hora de imponer la pena, el tribunal ha tenido en cuenta los atenuantes de alcoholismo y arrebato. El padre era "alcohólico crónico con dependencia tóxica" y, la noche anterior a los hechos tomó un litro de un combinado de whisky y cola, y, sin haber dormido, bebió varias cervezas.

Según la Sección Novena, tal ingesta de alcohol, "sin provocar una intoxicación aguda ni sensación de embriaguez, sí alteró, disminuyéndola pero no aboliéndola, su capacidad para conocer la gravedad e ilicitud de sus actos". El fallo subraya la "reacción explosiva, irreflexiva y pasional" del procesado frente a los insultos de su hijo, que ni los policías presentes pudieron evitar.

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