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La abogada del Tribunal de Justicia europeo dictamina que la subasta de licencias de móvil no está sujeta a IVA

Andreu Missé

Juliane Kokott, abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, emitió ayer un dictamen en el que señala que las subastas estatales de licencias de telefonía móvil de tercera generación (UMTS) no están sujetas al gravamen del impuesto sobre el valor añadido (IVA). En su opinión, estas subastas organizadas por organismos oficiales constituyen una actividad pero tienen ninguna obligación fiscal por tratarse de acciones en el "ejercicio de funciones públicas".

El dictamen no es vinculante para el tribunal, con sede en Luxemburgo, pero constituye una base de referencia importante para que los jueces analicen el caso con plena independencia. Los jueces, no obstante, suelen coincidir con las posiciones de la abogada general en un elevado porcentaje.

El dictamen está relacionado con el litigio planteado por las empresas de telefonía que, tras obtener licencias de UMTS en distintos países, reclamaron posteriormente la devolución del IVA a los respectivos Gobiernos, por estimar que este impuesto estaba supuestamente incluido en el precio total que habían pagado.

La decisión de la jurista se basa en dos subastas realizadas en Reino Unido y Austria en 2000. Los organismos encargados de supervisar el mercado de las telecomunicaciones en dichos países -la británica Radiocommunications y la austriaca Telekom-Control Commission- subastaron varias licencias de UMTS. Mediante la operación, el Gobierno de Reino Unido obtuvo unos ingresos de 38.000 millones de euros y el de Austria se embolsó 800 millones de euros.

Devolucions millonarias

Las empresas que obtuvieron las licencias alegaron que estos pagos incluían el IVA, por lo que la administración tributaria afectada debía devolverles el impuesto que supuestamente habían abonado. Además de las citadas empresas, analizadas por Kokott en su dictamen, el conflicto afecta también a otras empresas como a las británicas O2 -filial de Telefónica-,Orange y Vodafone, y a la alemana Quam. Esta última -participada por la española Telefónica y la finlandesa Sonera- reclama la devolución de 1.200 millones.

La abogada general señala que la asignación de frecuencias, pese a tratarse de una actividad económica al ceñirse a una actuación de las administraciones en el ejercicio de sus funciones públicas, no está sujeto al pago del impuesto sobre el valor añadido.

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