La Audiencia de Sevilla confirma la devolución de una niña a su madre
La Audiencia Provincial de Sevilla ha ratificado su resolución provisional mediante la que ordenó la retirada de una niña a una familia de Bollullos de la Mitación (Sevilla), que la había recibido en acogimiento preadoptivo en 2001, y su retorno con la madre biológica, Carmen Espejo. La devolución de la menor acogida por Dolores Herrera y Justo Moreno se produjo el pasado 7 de abril cuando agentes de la policía se personaron en el domicilio de Bollullos de la Mitación para proceder a la retirada "sin previa comunicación a los padres acogedores", según ordenaba el auto de la Sección Sexta de la Audiencia de Sevilla para hacer cumplir su propia sentencia de 2005, en la que anuló el desamparo de las dos hijas de Carmen Espejo y sentenció a favor de la devolución de ambas a la madre.
La Junta de Andalucía declaró el desamparo de ambas pequeñas en abril de 2000. Una de ellas fue dada en acogimiento preadoptivo al matrimonio de Bollullos, mientras que la otra permaneció en un centro de protección de menores hasta que fue devuelta a su madre.
El abogado que defiende a la madre biológica de la niña, Enrique Carrasquilla, indicó que la nueva resolución, dictada por la Audiencia a finales de julio, desestima los argumentos de los padres acogedores y de la Junta de Andalucía, que se habían opuesto a la devolución de la pequeña a Carmen Espejo. Según Carrasquilla, el nuevo auto indica los "elementos de riesgo" que supondrían para el proceso de retorno el hecho de que la niña siguiera con la familia de Bollullos. La abogada de los padres acogedores, María del Mar Arredondo, anunció un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la primera decisión de la Audiencia.
Reclamación
Carmen Espejo, por su parte, ha reclamado a la Junta 1.844.592 euros en concepto de daños morales sufridos por ella, su madre y sus dos hijas durante los seis años que han permanecido separadas. Su abogado presentó la reclamación patrimonial el 25 de enero, un año después de que la Audiencia de Sevilla anulase el desamparo declarado por la Junta y confirmado por el Juzgado de Primera Instancia Número 17 de Sevilla en 2003.
En su escrito, admitido a trámite el pasado 4 de abril, el abogado plantea que se ha cometido "un daño antijurídico" que la familia no tenía que haber sufrido. Para establecer la cuantía de la reclamación, el letrado se apoya en sentencias del Tribunal Supremo y la Audiencia Provincial sobre el daño moral causado a personas indebidamente internadas en prisión. Este criterio fue empleado por el abogado Gabriel Velamazán -y aceptado por la Audiencia de Sevilla- para pedir una compensación para Carmen Fernández, privada de sus dos hijos por un desamparo luego anulado por la Audiencia y que tendrá que recibir 1,7 millones de euros.
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