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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Sobre el voto de los mexicanos

Me permito dirigirme a usted en relación con la carta del Sr. Fernando Gómez Sánchez titulada El voto de mexicanos en el extranjero publicada el día 21 en su periódico, a fin de informar a la comunidad mexicana sobre el sufragio en el exterior, mucho le agradeceré la difusión de la siguiente información.

Por primera vez en la historia los mexicanos podrán votar en el exterior, con tal objetivo el Instituto Federal Electoral estableció un procedimiento para crear la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero que inició con el registro de los mexicanos en el exterior, a partir del 1 de octubre de 2005 y que finalizó el 15 de enero de 2006.

El IFE solicitó a los mexicanos en el exterior para su registro en dicha lista que cumplieran con los siguientes requisitos:

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1. Copia legible de la credencial para votar por ambos lados y que estuviese firmada (la firma debe ser igual a la de tu credencial).

2. Copia legible de una constancia de domicilio en el extranjero. Podía ser un comprobante de servicios (por ejemplo: agua, luz, teléfono, etcétera), de preferencia a nombre del connacional, o copia de la matrícula consular. A ese domicilio sería enviada la boleta para votar.

3. Llenar y firmar la solicitud de inscripción.

4. Enviar al IFE por correo certificado todos los documentos antes citados, incluyendo el nombre del remitente y dirección, que debía ser igual al de la constancia del domicilio.

Una vez cumplidos todos y cada uno de los requisitos, el IFE, del 15 de enero al 15 de marzo de 2006, elaboró las listas nominales de los votantes residentes en el extranjero que enviaron su solicitud, y del 21 de abril al 20 de mayo de 2006, el IFE envió por correo certificado las boletas electorales a todos los mexicanos que se registraron para votar desde el extranjero, por lo que se les dio de plazo a los mexicanos en el exterior del 21 de mayo al 1 de julio de 2006 para emitir su voto por correo certificado.

Cabe subrayar que el IFE señaló que no tramitaría ninguna solicitud que fuera enviada después del 15 de enero de 2006, o recibida después del 15 de febrero. En estos casos, el IFE enviaría al interesado un aviso por correo certificado notificándole que no fue inscrito en la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero, y por tanto, no podría votar.

Finalmente, para que los mexicanos revisen si fueron registrados en la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero pueden consultar la página de Internet www.ife.org.mx en el apartado de Voto de los mexicanos residentes en el extranjero.- Gabriel Jiménez Remus, embajador de México en España.

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