Una ley de deuda que no convence
Hoy, jueves 22, se vota en el Pleno del Congreso de los Diputados la Ley Reguladora de la Deuda Externa, una ley que se ha seguido con mucho interés por parte de las organizaciones sociales, ya que de su resultado final depende el bienestar de millones de personas en todo el mundo. Después de un año de trámite parlamentario y de intenso debate social y político, debemos lamentar que la redacción de la ley que llega al pleno del Congreso no es el que desea la sociedad civil organizada. Esta ley no satisface no ya nuestras aspiraciones, sino la de los pueblos empobrecidos del Sur, ya que no considera responsabilidad alguna de la Administración española en el origen del endeudamiento. Por tanto, no anula deudas que fueron contraídas para vender armas españolas a dictadores corruptos, como es el caso de la deuda somalí o angoleña con el Estado español, o para financiar proyectos fracasados que no pretendían buscar el beneficio de la población, sino el lucro de unos pocos, como es el caso de la papelera Celgusa en Guatemala, por citar algún ejemplo.
Esta ley no sólo no anula deudas del pasado, sino que consagra la generación de nueva deuda, al no querer incluir en su articulado la revisión y/o regulación de los mecanismos que hoy en día continúan generando deudas. Así, no se previene la posible generación de deudas ilegítimas en un futuro. Esta ley tampoco recoge un compromiso firme de cancelación de toda la deuda de los países más empobrecidos y endeudados del planeta.
Todo ello nos hace sospechar que esta ley es más fruto del pacto entre el Ministerio de Economía y Hacienda y el PSOE, con aquellos partidos políticos que le dan su apoyo (PP, CiU, PNV y CC) que de la firme voluntad política para acabar con la sangría que supone el pago de la deuda.
Aunque esta ley se apruebe desde la sociedad civil, seguiremos intentando paliar este sin sentido durante el trámite parlamentario en el Senado el próximo otoño. Esperemos que para entonces pese más la voluntad de restitución de la justicia que del cobro de deudas de dudoso carácter legítimo.
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