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Tribuna:75 AÑOS DEL ESTATUTO DE LA SEV
Tribuna
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Un nacionalismo vasco difuso e integrador

Destaca la autora las aportaciones del anteproyecto de Estatuto de la Sociedad de Estudios Vascos de 1931 y el espíritu

Hace 75 años de que un puñado de personalidades de los territorios vascos de España redactara, por primera vez en su historia, un Estatuto -Estatuto General del Estado Vasco- susceptible de reconstruir la autonomía perdida en el siglo XIX, y ello mediante la constitución de un ente denominado Estado Vasco. El ambiente de la época no era, ni con mucho, menos interesante y acalorado que el actual (cese del fuego de ETA, polémica sobre el Estatuto catalán, efecto mancha de aceite en el resto de las regiones españolas, esperpénticas alharacas identitarias desde lo alto de cada campanario). Sólo que, en aquel mes de mayo de 1931, primaba la discusión sobre las prerrogativas ilimitadas de la Iglesia y en torno a la urgente reforma social sobre muchas otras.

La sociedad vasca de entonces y sus elites mayoritarias no estaban preparadas para grandes cambios
Los 'estellistas' suprimieron el carácter liberal del anteproyecto de Estatuto y los socialistas lo 'bilbainizaron'

Al filo de los años 70 me interesó esta asociación cultural, la Sociedad de Estudios Vascos-Eusko Ikaskuntza (SEV-EI) y publiqué mi primer trabajo sobre ella. Había oído hablar a mi padre sobre su vertiente política; él conocía arcanos que ya nadie más recordaba; para él (un nacionalista vasco ferviente), el Estatuto de Estella había sido el producto, corregido y aumentado, del de la Sociedad de Estudios Vascos-Eusko Ikaskuntza. Cometí un pecado de juventud: asumí sin pensarlo esta interpretación. Menos mal que un sexto sentido me hizo incluir, en pruebas y en nota de pie de página, un cauteloso anuncio sobre el "estudio de este período en mi siguiente trabajo sobre la Sociedad", ya que, en 1981, fue encontrado su riquísimo Archivo histórico que, recogido por Fausto Arocena en 1936, fue guardado de tapadillo en la Diputación de Guipúzcoa.

Durante cinco años más, el análisis de todo este acervo -más el procedente de Salamanca, Gobiernos civiles, Diputaciones, Cortes, Presidencia del Gobierno, Consulados, archivos privados, etc., recién abiertos entonces- me fue recolocando en el campo de batalla ideológico de la II República. Sus datos me permitieron ajustar el enfoque sobre figuras y hechos pretéritos que se recibían como productos ya concluidos, cuando, en realidad, apenas comenzaban a poder ser vistos con la perspectiva que sólo el contraste de diversas fuentes puede proporcionar.

Nació así mi segundo estudio sobre la SEV (La construcción de una nacionalidad vasca. El autonomismo de Eusko-Ikaskuntza (1918-1931), San Sebastián, 1990), esta vez en torno a su papel político. Había descubierto las visiones de Manuel de Irujo y de Indalecio Prieto sobre la aspiración autonomista vasca, la injusta demonización de las Gestoras republicanas de las Diputaciones vascas, la existencia de un nacionalismo vasco difuso e integrador no sólo bajo la forma de partido político no confesional (Acción Nacionalista Vasca), sino como patrimonio ideológico de una amplia capa de la clase política vasco-navarra de esos años: mayoría carlo-integrista, la flor y nata de los republicanos, ciertos socialistas, lo que entonces se denominaba "vasquismo". La SEV de la preguerra había tenido la habilidad de poner en contacto a personalidades de la vida cultural y política vasca para que idearan un anteproyecto de Estatuto que respondiera a las aspiraciones de ese nacionalismo vasco difuso e integrador:

a) Nacionalismo vasco porque concibe a parte importante de la vieja Vasconia (las Vascongadas y Navarra) como una entidad diferenciada forjada por la historia, constructo abierto pero constructo al fin.

b) Difuso porque, dentro del más puro espíritu pimargalliano, alude a un Estado Vasco en absoluto incompatible con la unidad y bienquerencia de una patria común española; porque difumina la idea misma de fronteras físicas o morales con ella. El Estatuto de Estado Vasco quedaba subordinado, en última instancia, a lo que las Cortes españolas y la Constitución de la República acordaran.

c) Integrador debido a que, no sólo no desea fronteras externas, sino también porque tampoco las quiere en el interior de ese Estado Vasco, entre sus diversos componentes territoriales, en especial con Navarra, dotada de un régimen jurídico (el de 1841) mucho más fuerte y estable que los "vascongados". Se trata, pues, de un autonomismo nacionalitario y, además, laico ( fue lo más difícil de conseguir).

Pero, la sociedad vasca en su conjunto -y sus elites políticas mayoritarias- no estaban aún preparadas para grandes cambios y rápidos giros de volante en aquella época. El difícil equilibrio de este texto se dislocó en pocos días. Tal es así que, ya antes de convocarse las nuevas Cortes salidas de las primeras elecciones generales tras la Dictadura de Primo de Rivera, el Estatuto de Estudios Vascos tenía ya un abanico de reescrituras. Algunas, fieles algunas al original; no así otras que introducían el germen de la discordia, tanto en el seno de la sociedad vasca como en la relación con las nuevas autoridades republicanas.

El Estatuto de la SEV se convirtió en bandera de combate y engendró siete hijos, entre los cuales:

1.- 14 de junio de 1931. El Estatuto de Estella, lectura entusiasta -confesional, municipalista y etnocentrista- del Estatuto General del Estado Vasco de la SEV que, con una sola conjunción "ya", oponía un valladar frente a la futura legislación social de la muy social República de 1931. Fue aprobado por 419 ayuntamientos vasconavarros (de un total de 552) liderados por el Movimiento de Alcaldes nacionalistas jelkides ( confesionales) encabezado por José Antonio de Agirre), el 14 de junio.

2.- 15 de junio de 1931. El Estatuto General de Estado Vasco-Navarro refrendado por la ponencia de la Comisión Gestora republicana de la Diputación de Navarra el 15 de junio, es decir, un día después. Acentuaba la cosoberanía interior paritaria del Estado Vasco-Navarro y aceptaba el laicismo del mismo. Fue aprobado por 229 ayuntamientos navarros (de 267, el 88,84% de la población navarra) ya entrado el verano.

3.- 21 de junio de 1931. El Estatuto General de Estado Vasco-Navarro de las Comisiones Gestoras de las Provincias de Vizcaya, Guipúzcoa, Álava y Navarra. Resultó ser el más cercano a la fuente de todos los textos reelaborados hasta la fecha (21 de junio).

Los estellistas suprimieron carácter liberal y laico del Estatuto de la SEV, los socialistas lo bilbainizaron al romper su esquema paritario y primar el factor demográfico. Puede decirse, pues, que, pese a los esfuerzos que, para conseguir su viabilidad, desarrolló ANV -gestionó la adhesión de la izquierda; varios de sus afiliados, junto al republicano Ramón de Madariaga, fueron redactores del mismo-, la polarización del electorado y la radicalización de los partidarios del Estatuto de Estella inutilizaron el mismo y paralizaron el proceso estatutario vasco que, hasta la aprobación de la Constitución en diciembre de 1931, quedó de hecho en vía muerta, donde permanecerá prácticamente hasta la guerra.

Idoia Estornés Zubizarreta es historiadora y directora de redacción de la Enciclopedia Auñamendi.

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