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Columna
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Estatuto

Merece la pena que nos detengamos un momento a considerar el calado político del Estatuto de Autonomía. Hasta ahora las críticas se han centrado en el preámbulo y en su afirmación testimonial de que la Constitución Española, en su artículo 2, reconoce la realidad nacional de Andalucía como una nacionalidad. Los votos negativos del PP en el Parlamento andaluz y su posición contraria a que la reforma fuese aceptada a trámite en el Parlamento español se justificaron sobre todo en las críticas al concepto de realidad nacional, concepto que ha indignado también a algunos intelectuales más o menos afortunados en sus chistes, sus críticas y sus temores. Resulta curioso que sea el preámbulo, es decir, aquello que no tiene importancia jurídica, lo que se convierta en motivo de debate. Tal fenómeno sólo se explica por el carácter ficticio, electoralista, oportunista o simplemente frívolo de la mayoría de las discusiones, que evitan una valoración real del Estatuto. La lectura de los artículos resta protagonismo al preámbulo y acentúa la importancia política de una defensa clara de los espacios públicos y de los derechos y deberes sociales. En los tiempo que corren me parece mucho más importante esta orientación de las leyes que los juicios de cada cual sobre la realidad nacional. Extraña que la mayoría de los opinantes, ya sean simples cretinos o ciudadanos de buena intención, temerosos de la demagogia nacionalista, hayan entrado al trapo de la definición nacional, olvidándose de la discusión política del preámbulo y, sobre todo, de la intención de los artículos. No estamos ante un debate abstracto sobre cómo sería mejor definir las ordenaciones territoriales. De lo que se trata es de dar respuesta política a una realidad surgida en el último cuarto de siglo. Y, por cierto, en este sentido el preámbulo no carece de aciertos que aclaran la dirección de un concepto utilizado con voluntad de equilibrio. Se afirma, por ejemplo: "En España existen singularidades y hechos diferenciales. Andalucía los respeta y reconoce sin duda alguna. Pero, con la misma rotundidad, no puede consentir que esas diferencias sirvan como excusa para alcanzar determinados privilegios". Quizá esa dirección es la que ha convertido en compañeros de crítica al PP y a Esquerra Republicana.

En el preámbulo se reconoce también que la transformación histórica de los últimos años ha sido particularmente acentuada en Andalucía, donde "hemos pasado del subdesarrollo económico y cultural a un panorama similar a las sociedades más avanzadas, como ejemplifica la inversión de nuestros flujos migratorios". La importancia política de los artículos, lo que merece la pena destacar, es que no se saluda este ingreso en las sociedades avanzadas con una apuesta neoconservadora por el economicismo sin regulación. Hay una apuesta clara por los derechos sociales y los espacios públicos. Me parece importante que el artículo 21 afirme que "la enseñanza pública es laica" y que el artículo 22 garantice "el derecho constitucional a la protección de la salud mediante un sistema sanitario público de carácter universal". Creo muy significativa la atención a los derechos laborales, así como la capacidad del sector público, reconocida en el artículo 57, para mantener "recursos o servicios esenciales, especialmente en casos de monopolios" y para "la intervención de empresas cuando lo exija el interés general". La Comunidad, según el artículo 155, tiene como objetivo básico, "el pleno empleo, la calidad del trabajo y la igualdad en el acceso al mismo". Se me podrá decir que sólo se trata de buenas intenciones, pero después de algunos proyectos constitucionales debatidos en los últimos tiempos creo que hay que darle a estas buenas intenciones una máxima valoración política. Quizá el PP se lo hubiera puesto más difícil al PSOE olvidándose de la realidad nacional y comprometiendo su apoyo a cambio de rebajar el calado social de los artículos. Los votantes del PSOE y de IU tienen motivos para sentirse satisfechos del resultado.

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