Un juez pide a la UE que diga si la FIFA viola el derecho comunitario
Los clubes demandan que se les pague por prestar a las selecciones a los jugadores
Las reglas de la FIFA serán analizadas por el Tribunal de Justicia de la UE para ver si son conformes al derecho comunitario, después de que ayer un juez de Charleroi elevara esa petición al tribunal de Luxemburgo para pronunciarse sobre el derecho a compensaciones que reclaman los clubes por prestar sus jugadores a las selecciones. El origen de la demanda es la lesión del marroquí Oulmers, del Sporting de Charleroi, mientras estaba con su selección.
La decisión del tribunal puede tener consecuencias como las del 'caso Bosman'
"Estamos muy satisfechos por este fallo", declaró Thomas Kurth, director general del G-14, el grupo formado por los 18 clubes europeos más importantes. La FIFA, que consideraba que el Tribunal de Charleroi no era competente para pronunciarse y que no quería que el caso fuera a Luxemburgo, optó por el silencio.
La decisión del modesto Tribunal de Comercio de Charleroi abre una vía que puede tener para el fútbol dimensiones comparables a las del 'caso Bosman', que hace una década impuso la libertad de contratación de jugadores. El conflicto nace de la lesión que Majid Oulmers, un jugador del Sporting de Charleroi, sufrió en un amistoso jugado con la selección marroquí ante Burkina Faso en noviembre de 2004. Ni su federación nacional, ni la africana ni la FIFA quisieron hacerse responsables de los daños sufridos por el jugador y por ende, por su club, que se vio obligado a prescindir de su estrella durante ocho meses.
El Charleroi recurrió a los tribunales y a él se sumó el G-14, que vio en el caso particular una oportunidad para crear jurisprudencia. Ayer, el juez Jean-Philippe Lebeau reconoció el perjuicio sostenido por el equipo belga, sometido como todos a la reglamentación de la FIFA. "Está claro que si la disposición del jugador se hubiese producido en un marco legal ordinario, el Sporting hubiese obtenido necesariamente del utilizador las mínimas ventajas relativas a una intervención del salario del jugador y a una cobertura durante la duración del préstamo", señala la sentencia, antes de subrayar que la reglamentación obligatoria de la FIFA lo impide y que, de no ser por tal obligación, apoyada en sanciones, el club hubiese podido ser compensado.
El juez considera admisible la demanda del club y del G-14 contra la FIFA, pero también señala que el deporte está sometido a la legislación nacional y que, a falta de precedentes en qué basarse, "el Tribunal Europeo de Justicia es el único susceptible de generar, en el seno de la Unión, una jurisprudencia uniforme y legítima".
De ahí la pregunta que el juez Lebeau eleva a la máxima instancia judicial de la Unión: "Las obligaciones impuestas a los clubes y a los jugadores de fútbol con contrato de trabajo con estos clubes, mediante las disposiciones estatutarias y reglamentarias de la FIFA que organizan la cesión obligatoria y gratuita de los jugadores a las federaciones nacionales, así como la fijación unilateral y obligatoria del calendario internacional de partidos ¿constituyen restricciones ilícitas a la competencia o abuso de posición dominante u obstáculos al ejercicio de las libertades fundamentales conferidas por el Tratado CE y, por lo tanto contrarias a los artículos 81 y 82 del Tratado o a toda otra disposición de Derecho Comunitario, en especial los artículos 39 y 49 del Tratado?"
El artículo 39 fija la libre circulación de trabajadores en el seno de la Unión; el 49 garantiza la libre prestación de servicios; el 81 prohíbe los acuerdos entre empresas que limiten la competencia, y el 82 declara ilegal el abuso de la posición dominante.
La circunspección del abogado de la FIFA, que dijo que necesitaba hablar con su cliente antes de comentar, contrastó con la satisfacción mostrada por los representantes del Charleroi y del G-14. "Estamos muy satisfechos por este fallo", declaró Thomas Kurth en nombre de los clubes más poderosos del continente. Kurth dijo que la sentencia creaba incentivos para que clubes y FIFA negocien una nueva relación, que permita a los clubes recibir compensaciones por ceder jugadores y pactar también el calendario de competiciones internacionales, un paquete vinculado a ingentes cantidades de dinero. Jean-Louis Dupont, el abogado del caso Bosman y del G-14, hizo hincapié en la derrota de una FIFA que se negaba a someter sus actuaciones al derecho comunitario, que ahora deberá acatar. El Tribunal de Luxemburgo puede tardar entre año y medio y dos años en pronunciarse.
Dupont cree que la futura opinión del tribunal sobre lo que han sido hasta ahora los reglamentos del fútbol mundial no impedirá que FIFA y clubes se pongan de acuerdo antes para establecer un nuevo marco de relaciones.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- FIFA
- Clubes fútbol
- Italia
- Tribunal Justicia Unión Europea
- Adjudicación contratos
- Sentencias
- Tribunales
- Contratos administrativos
- Derecho administrativo
- Sanciones
- Equipos
- Poder judicial
- Deportistas
- Fútbol
- Europa occidental
- Juicios
- Organizaciones deportivas
- Unión Europea
- Gente
- Europa
- Proceso judicial
- Organizaciones internacionales
- Deportes
- Justicia
- Administración pública