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Un juez reconoce como accidente de trabajo la depresión de un 'ertzaina' por acoso laboral

Es la primera vez que un juzgado acepta en la Ertzaintza un caso de este tipo

Un Juzgado de lo Social de Bilbao ha reconocido como accidente laboral la baja de un ertzaina por un trastorno ansioso depresivo derivado del acoso laboral a que le sometía uno de sus jefes. La sentencia aprecia una clara conexión entre la depresión del agente y la "conflictiva relación laboral padecida en la comisaría de Erandio". Los "gritos", "insultos" y la "crispación" atribuida por el denunciante al mando, acoso que ejercía contra los ertzainas de su grupo, forzó a la jefatura a reestructurar el equipo para "optimizar los recursos humanos existentes". Pero los mandos también admitieron al rehacer el grupo de patrulleros el "enrarecimiento del clima laboral", lo que repercutía negativamente en "la calidad del servicio".

El Instituto Nacional de la Seguridad Social ya reconoció en mayo de 2005 la baja del agente como accidente de trabajo derivado de un acoso laboral (mobbing) que tanto él como los otros 16 miembros del grupo cuatro de la comisaría de Erandio habían denunciado a los servicios médicos a comienzos de 2004. Sin embargo, la mutua con la que trabaja la consejería de Interior, Mutua Vizcaya Industrial, llevó el caso a los tribunales.

El titular del Juzgado de lo Social número 3 de Bilbao, Íñigo Carlos Martínez Azpiazu, ha desestimado el recurso de la mutua contra la decisión de la Seguridad Social y considera probado que el único factor que ha podido generar la "afección psicológica padecida" por el agente es su situación laboral por la actitud del suboficial jefe de operaciones con sus subordinados.

Es una realidad que el ertzaina percibía "de forma estresante y que se ha mantenido en el tiempo", según el diagnóstico recogido en uno de los múltiples informes realizados por los profesionales médicos del hospital psiquiátrico Aita Menni, sito en Mondragón, que han tratado al agente de su depresión desde que cogió la baja, en febrero de 2004.

El informe remitido por el denunciante al nagusi (responsable) de la comisaría de Erandio subrayaba el trato despectivo y la falta de educación del jefe de operaciones. "A veces, una simple consulta puede derivar en acalorada discusión", apuntaba. Otra parte del escrito relataba: "Sus constantes gritos, desmanes, iniciativas prepotentes y hasta insultos generan en el ambiente laboral un grado de crispación tal que resulta cada vez más difícil de sobrellevar, constándome que más de un agente ha padecido problemas psicológicos por ello".

La resolución judicial, dictada el pasado 4 de abril, recoge el historial de bajas del agente denunciante previas al problema del grupo cuatro con su jefe, iniciado a finales de 2003. En él se constata que entre julio de 1998 y octubre de 2003 ninguna de ellas tiene origen psicológico y la mayoría son de tipo muscular o reumático.

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La jefatura de la comisaría y la propia Dirección de Seguridad Ciudadana reconocieron en sus escritos de contestación al denunciante el mal clima laboral creado en el grupo cuatro de trabajo, aunque en todo momento se cuidaron mucho de "concretar ni especificar los motivos", ni mucho menos responsabilizar al jefe de operaciones del citado grupo.

Origen exclusivo

Sin embargo, la sentencia considera acreditada la "conexión" entre el estrés, la depresión y la ansiedad del ertzaina denunciante y el maltrato que le causaba el citado mando, lo que "denota meridianamente la conflictiva relación laboral padecida en la comisaría de Erandio". El juez valora también la proximidad entre la denuncia de mobbing y la baja médica -apenas unos meses- para apuntar como "exclusivo" el "origen laboral de la afección psicológica padecida", al "no constar ningún otro factor distinto al propio trabajo como posible causa" de la citada dolencia. La resolución invoca numerosa jurisprudencia del Supremo en la que se definen las tres categorías en que se divide el concepto genérico de accidente laboral: los ocurridos en el trabajo, las enfermedades profesionales y las "enfermedades de trabajo". Y subraya que en estas últimas es fundamental para que sea reconocida como tal la "prueba que articule quien reclama el reconocimiento de ese riesgo laboral".

El juez recuerda, además, que esa prueba no sólo debe demostrar el nexo entre el trabajo y la lesión, sino también "el carácter exclusivo del trabajo como causa determinante de la enfermedad".

En el caso del ertzaina, el juez ve claro que concurren los requisitos exigidos para calificar una enfermedad común como derivada de accidente de trabajo, en la medida en que se cumple la conexión entre el trabajo y el cuadro ansioso depresivo del agente.

Y se descarta que el origen pueda ser otro que el descrito por el propio agente ante sus jefes en su denuncia contra el maltrato sufrido.

El juez destaca que los propios médicos que atendieron al ertzaina nunca descartaron que "las reacciones psicológicas padecidas por el trabajador no deriven del contexto de una situación laboral que percibe de forma estresante", ni las atribuyeron "a cualquier otro origen, pese al tratamiento prolongado en el tiempo de dicho paciente".

Es la primera vez que un juzgado admite como accidente laboral un caso de depresión por acoso en la Ertzaintza.

Acciones penales contra la jefatura de la comisaría

El agente denunciante del acoso laboral, quien llegó a adelgazar unos 20 kilos durante su baja, tiene ahora 55 años y está afiliado a Erne, central que ha llevado su caso bajo el asesoramiento del letrado Alejandro Bikandi. Junto con él, otros cuatro agentes causaron baja en enero y febrero de 2004.

La sentencia es recurrible ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior vasco, algo que presumiblemente hará la mutua. La central, que lleva años ligando los problemas de acoso laboral con los altísimos índices de absentismo que arrastra la Ertzaintza, pretende convertir este caso en "referente contra el maltrato psicológico en la policía vasca". Erne ya denunció la "lacra del acoso" con una manifestación ante la comisaría de Gernika en abril de 2004. Varios agentes destinados allí relataron a este periódico lo que los propios médicos que les atendían calificaban de "psicoterrorismo" ejercido supuestamente por la jefatura de la comisaría.

En 2004, casi 800 ertzainas recibieron tratamiento psicológico. Los cuadros clínicos más habituales eran ansiedad, inadaptación y depresiones. De las 25 comisarías con que cuenta la Ertzaintza, ocho presentaban en 2003 una tasa de absentismo superior al 18,2% y en cinco de ellas se rebasaba el 20%.

El equipo legal que lleva la causa está analizando ahora tomar acciones penales contra el suboficial responsable del acoso laboral en Erandio y "contra los responsables de la comisaría que hayan podido cometer algún delito".

Este caso es el primero de estas características en la Ertzaintza, aunque en otros sectores ya se han producido reconocimientos similares por los tribunales. Un informe de UGT estimó en 2004 en 130.000 los casos de acoso laboral en Euskadi.

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