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Parejas de hecho regladas

Cataluña fue la primera comunidad autónoma que reguló las parejas de hecho, en el año 1998. También es ahora la pionera en regular con bastante detalle los efectos de la ruptura de la convivencia en esos casos. Se trata de una opción legislativa que, como en otros apartados del anteproyecto, no genera la unanimidad de los juristas, aunque el Departamento de Justicia de la Generalitat consideraba que era necesaria una mayor regulación.

"Con los años de experiencia que llevamos en la aplicación de la ley hemos comprobado que las parejas de hecho quieren tener un amparo legal si rompen su convivencia. En esos casos quieren sentirse protegidas legalmente y acabar con la creencia de que viven en la alegalidad", explica Muñoz. Los requisitos para ser pareja de hecho son compartir la vida en una relación afectiva "de compromiso íntimo y de socorro mutuo" siempre que se exprese esa voluntad en una escritura pública, se conviva ininterrumpidamente un mínimo de dos años o se tenga un hijo común.

Ahora sólo se podía ser pareja de hecho en Cataluña si el hombre o la mujer estaban capacitados para casarse, de manera que una persona separada estaba impedida. Con la nueva ley, no.

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