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La reforma del Estatuto

Nueva regulación en Justicia, medio ambiente y medios de comunicación

El nuevo Estatuto amplía de forma importante el capítulo relacionado con la Justicia e incorpora el medio ambiente y los medios de comunicación social.

El poder judicial en Andalucía

La inclusión del Consejo de Justicia es la principal novedad.

Tribunal Superior de Justicia. Tal y como refleja el Estatuto aún en vigor, el TSJA es el organo jurisdiccional en que culmina la organización judicial en Andalucía. El nuevo texto incluye la participación del Consejo de Justicia en el nombramiento del presidente del TSJA y los presidentes de sala, eleva a rango estatutario la figura del fiscal superior del TSJA, y recoge la obligación de que presenten la memoria anual ante el Parlamento.

Consejo de Justicia. Su inclusión generó polémica (PP se opuso, IU consideró que se quedaba corto), pese a que los Consejos autonómicos ya están previstos en el anteproyecto de la nueva ley orgánica que regulará el Poder Judicial. Según la última redacción, este nueve organismo actuará como terminal autonómica del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Sus competencias vendrán determinadas por la Ley orgánica del Poder Judicial y las que delegue el CGPJ. Su máxima representación la desempeñará el presidente del TSJA; la designación del resto de miembros dependerá de la Ley del Poder Judicial, que reservará nombramientos al Parlamento autonómico. También ejercerá funciones disciplinarias sobre jueces y magistrados en Andalucía, informará al Parlamento sobre el funcionamiento de la Administración de Justicia en Andalucía o proponer al CGPJ nombramientos y ceses de jueces en órganos judiciales que requieran refuerzo.

Competencias de la Junta.

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Además de la propuesta al CGPJ de la convocatoria de oposiciones para cubrir vacantes de jueces y magistrados, el nuevo Estatuto recoge la obligación de la Junta de proveer de medios materiales a la Justicia. También refleja que las competencias del personal no judicial al servicio de la Justicia corresponden a la Junta. Y prevé que la Junta organice los servicios de justicia gratuita y establezca juzgados de paz y de proximidad. Además, la Junta propondrá, al menos cada cinco años, al Gobierno la revisión de las demarcaciones judiciales. Por último, la comunidad regulará por ley una carta de los derechos de los ciudadanos en relación a la Justicia.

Medio Ambiente

El texto da rango estatutario a la protección medioambiental.

Obligación de los poderes públicos. La reforma del Estatuto indica que los poderes públicos, en este caso la Junta, deberán promover el desarrollo sostenible, el uso racional de los recursos naturales y la reducción de emisiones contaminantes, además de la educación ambiental en la población. El nuevo texto también recoge que la Junta orientará sus políticas especialmente al desarrollo de la agricultura ecológica, el turismo sostenible, la protección del litoral y la red de espacios naturales protegidos.

Lucha contra la desertificación y la especulación. En cuanto a la protección del suelo, el Estatuto indica la puesta en marcha de mecanismos para evitar la erosión, prevenir los incendios forestales y luchar contra la especulación urbanística y la configuración de áreas urbanizadas insostenibles.

Fiscalidad ecológica por ley. El Estatuto recoge que una ley del Parlamento regulará medidas de fiscalidad ecológica, preventivas y compensatorias del daño ambiental.

Medios de comunicación

El Estatuto incorpora este nuevo título.

Canales públicos. La mayor parte del título está dedicado a los medios públicos. El texto recoge que la Junta gestionará directamente un servicio de radiotelevisión pública, cuyo director será elegido por mayoría cualificada por el pleno del Parlamento andaluz. Los medios públicos promoverán la cultura andaluza y el uso de la modalidad lingüística andaluza, en sus diferentes hablas.

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