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Sanidad deberá indemnizar a una paciente a la que no comunicó que era celíaca

Sanidad deberá indemnizar con 30.000 euros a una paciente a la que, pese a practicarle pruebas y resultar estas positivas, no se le comunicó su condición de celíaca. La paciente acudió al hospital Clínico de Valencia en 1995. Fue allí, según consta en una sentencia de la sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, donde le realizaron distintas pruebas de las que se desprendía su condición de celíaca (intolerancia al gluten que se traduce en la destrucción de las vellosidades intestinales si se ingieren alimentos que lo contienen y que provoca reacciones graves).

Queda acreditado, según consta en el fallo notificado el pasado viernes, que tanto en la visita de 1995 como en las posteriores hasta 2001, la paciente presentaba "un cuadro clínico de obstrucción intestinal diagnosticado de duodenitis crónica con atrofia de las vellosidades que era merecedora de la sospecha de enfermedad celíaca y debió procederse a la consiguiente práctica de las pruebas correspondientes de detección de los anticuerpos anti-gladina para confirmar o descartar la enfermedad". La actuación hospitalaria supuso que la paciente continuara con una dieta ordinaria durante los seis años y presentara distintos cuadros que la obligaron a ingresar en urgencias. Eso supone, según consta en la resolución judicial "la existencia de un incumplimiento por parte de la administración demandada de su obligación de prestar un debido servicio en el centro sanitario a su cargo". La sala ha estimado por tanto el recurso presentado por la paciente contra la negativa de Sanidad de responder patrimonialmente por lo ocurrido. Ahora bien, de la cantidad inicial reclamada (105.177 euros por los días de sintomatología adversa y 60.101 por daños morales) el tribunal ha descendido a 30.000 por los dos conceptos.

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