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Una jurista reclama que los convenios incorporen las medidas de la Ley contra la Violencia de Género

Manuel Planelles

La profesora de Derecho de la universidad de ETEA en Córdoba, Teresa Velasco (Montilla, 1965), reclama que los convenios colectivos incluyan las medidas de protección del empleo que se recogen en la Ley contra la Violencia de Género, que entró en vigor el 29 de junio del año pasado. Sólo cinco o seis convenios colectivos de todo el país incluyen estas medidas, según esta experta. Además, se trata de sectores con una mayoría de mujeres en las plantillas como las empresas de floristería al por mayor o limpieza.

Velasco ha recibido recientemente dos premios de investigación por trabajos en los que analiza la relación entre la mujer y el Derecho Laboral. Por un lado, su comunicación titulada El despido de la trabajadora víctima de la violencia de género fue premiada con el Albert Fina en las últimas Jornadas Catalanas de Derecho Fiscal. También ha sido reconocida por el Instituto Canario de la Mujer por su trabajo de investigación La incidencia de la violencia de género en el contrato de trabajo.

Sobre la Ley contra la Violencia de Género se ha escrito mucho, pero Velasco ha sido una de las pocas investigadoras que se ha centrado en las medidas que contempla para la protección de las víctimas que trabajan en la empresa privada y pública. Velasco afirma que la ley pretende poner en marcha "una especial protección frente al despido" de la mujer que es víctima de maltrato. Esta protección es "parecida la que reciben las mujeres embarazadas". Hasta la aprobación de la ley, las únicas acciones emprendidas por las administraciones en este tema eran políticas de fomento en el empleo, pero no se pensaba en la mujer que trabajaba ya fuera de su hogar.

Estas víctimas de la violencia de género "pueden tener problemas en su trabajo por falta de concentración o bajas psicológicas que pueden entorpecer el desarrollo de su puesto". La norma contempla que las bajas motivadas por estos problemas son justificadas, por lo tanto, el empleador no puede utilizarlas como motivo de despido.

Además, la legislación también contempla que la víctima tendrá derecho a modificar las condiciones de su contrato. Es decir, puede optar por la reducción de su jornada laboral o un cambio de turno. Asimismo, tendrá derecho a ser trasladada a otra sede de su empresa si se produce alguna vacante.

Del mismo modo, la norma también contempla que si la mujer deja su trabajo a consecuencia del problema de maltrato tiene derecho a recibir el subsidio por desempleo. La víctima puede solicitar la suspensión de su contrato y tendrá derecho a regresar a su puesto de trabajo. "Lo que se pretende es que la mujer víctima de la violencia de género no sufra una doble discriminación", afirma Velasco. Esta profesora considera que la ley ha supuesto un gran avance en los temas laborales. De hecho, "no existe jurisprudencia" en todo el mundo. Sin embargo, sostiene que hay "cierto desconocimiento sobre estas medidas". Por eso reclama un esfuerzo mayor de difusión y una revisión de los convenios colectivos para que incluyan estas medidas.

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Teresa Velasco también considera que la norma tiene una carencia importante: "Se debería favorecer más al empresario que se encuentra en esta situación". En su opinión, si no se ponen en marcha estos incentivos la ley podría generar una situación de discriminación, ya que los empleadores evitarían contratar a mujeres víctimas de la violencia de género.

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Sobre la firma

Manuel Planelles
Periodista especializado en información sobre cambio climático, medio ambiente y energía. Ha cubierto las negociaciones climáticas más importantes de los últimos años. Antes trabajó en la redacción de Andalucía de EL PAÍS y ejerció como corresponsal en Córdoba. Ha colaborado en otros medios como la Cadena Ser y 20 minutos.

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